Es crucial tener en cuenta que las retenciones en el IRPF varían
Declaración de la Renta Estos son los casos en los que te retienen solo el 2 % del IRPF
Es importante comprender en qué consiste esta retención mínima y cómo afecta a los trabajadores sujetos a ella
En la campaña de la Renta 2024-2025, una de las cuestiones que puede generar más dudas entre los contribuyentes es por qué en algunos casos se aplica un tipo de retención del 2 % en el IRPF y cómo influye esta situación en la declaración anual. Esta retención mínima está prevista en determinados supuestos específicos, generalmente relacionados con contratos temporales, rendimientos bajos o situaciones laborales concretas.
Uno de los casos más frecuentes en los que se aplica el 2 % de retención en el IRPF es cuando el trabajador tiene un contrato de duración inferior al año. La normativa fiscal considera que, al tratarse de una relación laboral breve y presumiblemente con ingresos bajos, no corresponde aplicar una retención elevada.
También puede ocurrir en contratos a tiempo parcial o en trabajadores que, por sus circunstancias personales y familiares (como tener hijos o ascendientes a cargo), tienen un mínimo personal y familiar alto, lo que hace que su base liquidable sea reducida y, en consecuencia, el tipo de retención aplicable sea menor.
Este tipo reducido también es habitual en los contratos en prácticas o en formación, así como en los primeros meses de empleo, cuando la empresa aún no puede prever con exactitud cuál será la retribución anual del trabajador. La normativa permite que, en estos casos, se apliquen tipos bajos hasta que se disponga de información más completa para ajustar la retención al nivel adecuado.
No obstante, esto puede derivar en una retención inferior a la que correspondería realmente según los ingresos anuales totales del contribuyente.
Impacto de una retención del 2 %
Si al final del año los ingresos del trabajador han sido superiores a lo inicialmente previsto, y la empresa no ha ajustado las retenciones durante el ejercicio, lo más probable es que la declaración resulte a ingresar. Es decir, el contribuyente deberá abonar la diferencia entre lo retenido (muy poco) y lo que en realidad debería haber pagado en función de su renta total y su situación personal.
Por tanto, quienes se encuentren en esta situación deben estar atentos y, si es posible, solicitar a la empresa que les incremente la retención voluntariamente a lo largo del año. Así evitarán sorpresas desagradables al presentar la declaración de la Renta. Esta previsión resulta especialmente útil para trabajadores con contratos temporales encadenados, que, sumados, generan ingresos suficientes como para tributar por encima del mínimo exento.