Hacienda devuelve el dinero a los mutualistas
Agencia Tributaria
Hacienda devuelve el dinero a los mutualistas: cómo reclamar lo pagado de más
La Agencia Tributaria inicia este mes de agosto las devoluciones a los mutualistas por lo que pagaron de más entre 1967 y 1978
Los mutualistas jubilados podrán reclamar lo pagado de más a la Agencia Tributaria. La iniciativa, publicada el pasado 25 de julio en el Boletín Oficial del Estado, contempla una devolución automática de hasta 4.000 euros por año, correspondientes al periodo entre 2019 y 2022, para quienes cotizaron a una mutualidad laboral obligatoria entre 1967 y 1978 y actualmente perciben una pensión pública.
La medida llega tras una sentencia del Supremo, que reconoció a estos antiguos trabajadores su derecho a ser compensados por los impuestos extra que abonaron. Hacienda dejó de aplicarles la reducción fiscal del 25 % en sus pensiones, lo que provocó que pagaran más impuestos de los que realmente les correspondía.
Cómo solicitar las devoluciones
En un principio, el Ministerio de Economía había previsto hacer los pagos correspondientes de forma escalonada hasta 2028, pero una sentencia judicial anuló la propuesta. Esta consideraba que muchos beneficiarios de mayor edad podrían fallecer antes de recibir el importe.
Por todo ello, desde la Agencia Tributaria han asegurado que el grueso de los pagos se realizará este mes de agosto de 2025, aunque el proceso puede alargarse.
Para solicitar esta devolución, quienes realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF deberán rellenar un formulario de solicitud para recibir las compensaciones de una sola vez. En la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2024, la Agencia Tributaria comunicó que, al igual que ocurrió el año anterior, el importe calculado para la devolución ya aparecía reflejado en el documento de datos fiscales de la declaración.
El formulario se encuentra disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado «Mutualistas: solicitudes de devolución». El acceso requerirá identificarse a través del número de referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNIe, y aportar un número de cuenta bancaria junto con un teléfono de contacto.