Gafas de Inditex con la serie numérica 26 1 18 1
Por qué la Justicia considera que el número «26 1 18 1» 'pertenece' a Zara
El Supremo admite el recurso de casación interpuesto por Inditex y otorga luz verde a su solicitud de registro
El Tribunal Supremo ha dado la razón al grupo Inditex y permitirá que la compañía utilice en los productos de Zara la secuencia numérica «26 1 18 1», que corresponde con el lugar que ocupan en el abecedario las letras de la marca Z (26) A(1), R(18), A(1).
Mediante una sentencia emitida a finales de septiembre de 2025, el Alto Tribunal revocó el fallo anterior dictado por la Audiencia Provincial de Madrid, que había rechazado la pretensión de Zara y avalado la decisión de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Esta última argumentaba que dicha secuencia numérica «carecía de la distintividad suficiente como para ser registrada como marca», una valoración que fue aceptada por la Audiencia madrileña.
El Supremo se ha pronunciado en sentido contrario y en su resolución subrayó que «la Audiencia Provincial, implícitamente, se ha guiado por un criterio restringido de distintividad de las marcas numéricas que va más allá de lo previsto en la legislación comunitaria y nacional y en su interpretación por el Tribunal de Justicia».
Con este razonamiento, el Supremo admite el recurso de casación interpuesto por Inditex y otorga luz verde a la solicitud de registro, señalando que «la Ley de Marcas, en sintonía con las Directivas sobre Marcas y el Reglamento de la Marca de la Unión Europea, admite las marcas consistentes en cifras». La elección de la serie numérica «26 1 18 1» responde a una correspondencia con el alfabeto anglosajón: la letra 'Z' ocupa el puesto número 26, la 'A' es la primera, y la 'R' se sitúa en el lugar número 18, formando así, de manera cifrada, el nombre de la enseña Zara.
En los fundamentos de derecho, el Tribunal incide en la notoriedad de la marca al señalar que «como quiera que resulta notorio que la marca Zara tiene gran significación dentro del grupo de empresas solicitante, no puede descartarse en absoluto que un consumidor medio identifique fácilmente los productos marcados con el signo numérico con su origen empresarial».
A ello añade que «tampoco puede afirmarse concluyentemente que la posición (orden) de los números impida al signo ser retenido mentalmente por el consumidor, sobre todo si reparamos en que realmente son cuatro números y uno de ellos se repite (veintiséis, uno, dieciocho, uno)».
De este modo, el pronunciamiento del Supremo pone fin a la disputa legal y dispone que se proceda al registro de la marca numérica a nombre de Inditex. La decisión se alinea con una interpretación más flexible y contemporánea del concepto de distintividad, amparada en la jurisprudencia europea y en el principio de reconocimiento de signos numéricos como marcas válidas, siempre que cumplan ciertos criterios de identificación del origen empresarial.