Una empleada del hogar realiza su trabajo en un domicilio de Madrid
Empleo
Reconocimiento médico obligatorio para empleadas del hogar en 2026: ¿quién lo paga?
El próximo mes de enero entrará en vigor esta medida, un año después de publicarse en el Boletín Oficial del Estado
El pasado 2024 el Consejo de Ministros aprobó la extensión de la prevención de riesgos laborales a las empleadas del hogar. No fue hasta ese momento cuando se comenzaron a reconocer sus derechos a cotizar por desempleo además de otros de los que antes no podían disfrutar.
Pero no todas las medidas aprobadas entraron en vigor de forma inmediata. Así, próximamente este colectivo tendrá derecho, tal y como recoge el artículo 8 del Real Decreto 893/2024 a «la realización de un reconocimiento médico adecuado que tenga en cuenta todos los riesgos a los que la persona trabajadora pueda quedar expuesta, según se hayan identificado en la evaluación de riesgos». Estos reconocimientos se realizarán con una periodicidad trienal.
Reconocimiento médico
Aunque las trabajadoras pueden negarse a realizarse este reconocimiento si así lo desean, los empleadores sí que están obligados a ofrecérselo. Pero, ¿quién tendrá que pagarlo?
Según la normativa de prevención de riesgos laborales, el coste de estos reconocimientos médicos debe ser asumido íntegramente por la empresa. Los exámenes de salud vinculados al puesto de trabajo no pueden generar ningún gasto para la empleada y, además, deben realizarse preferentemente dentro de la jornada laboral o computarse como tiempo de trabajo cuando se efectúen fuera de ella.
No obstante, según fuentes del Ministerio de Sanidad, se está trabajando para que el reconocimiento sea asumido por la sanidad pública, por lo que no conllevaría ningún coste.