El candado de uno de los muchos pisos turísticos que hay en el Casco Antiguo de Sevilla
Hasta el momento se han solicitado más de 400.000 números de registro de alquiler turístico
Los dueños de estos pisos tendrán que renovar su número antes del 2 de marzo
Desde el 1 de julio de 2025 está en vigor el registro único de alquileres de corta duración, que obliga a todo propietario que tenga un piso en alquiler de corta duración, es decir, de temporada, habitaciones o vacacional, a obtener un identificador para poder alquilar las viviendas a través de plataformas digitales. De esta manera las autoridades pueden controlar y supervisar este tipo de arrendamientos.
Con este registro, el Gobierno busca perseguir el fraude y aumentar la transparencia, así como asegurar que todas las viviendas turísticas cumplan la legalidad. Para ello lo hacen de la mano del Colegio de Registradores, y aunque se habla de que quizás existe un doble control, «en ningún momento» intentan sustituir esta competencia autonómica. "Somos un complemento a la actividad económica. Así lo ha confirmado Marta Gómez Llorens, directora de Vivienda y Responsabilidad Social Corporativa del Colegio Registradores, en el foro Vivienda: retos del siglo XXI organizado este martes por el Colegio de Registradores de España y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
Un año después de su puesta en marcha se han solicitado 400.000 números de registro, y se han rechazado el 20 %, es decir, 80.000. Una cifra confirmada por Pablo Torres Paniagua, secretario general técnico del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Aunque de esa cifra que se ha denegado, «muchas tenían defectos fácilmente subsanables», añade, por su parte, Ángel Salvador Chacón, director de Consumidores y Usuarios del Colegio de Registradores.
Esta cifra es distinta a la ofrecida por la estadística experimental del Instituto Nacional de Estadística (INE), que habla de unos 350.000 pisos turísticos. Desde el Colegio aclaran que ellos no hablan de viviendas, sino de números de registros, ya que un inmueble puede tener más de un número (para uso turístico o para habitaciones).
Desde el Colegio de Registradores aseguran que no buscan «frenar la vivienda turística, queremos que se cumpla la legalidad, el equilibrio y que el tercero pueda confiar en lo publicado», asegura Gómez. Y es que se han encontrado viviendas de protección oficial que se querían destinar a alquiler turístico, y la administración autonómica pertinente había dado la licencia cuando no se podía.
Cuantificar el impacto que está teniendo este registro en el mercado inmobiliario es «muy difícil», ya que, no existe otro para el alquiler residencial que permita observar si «las viviendas que no son aceptadas como de corta duración se destinan al arrendamiento de larga duración», asegura Ángel Chacón a El Debate. Además, tienen constancia que algunos usuarios prefieren no anunciarse en plataformas online para evitar hacer todo el papeleo.
Sin embargo, el secretario general técnico del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, Pablo Torres, considera que «el impacto llegará más allá».
El pasado 2 de enero se publicó una orden ministerial en que se obliga a presentar cada mes de febrero la información del ejercicio anterior en el registro de la propiedad o de bienes muebles. El plazo es de un mes, es decir, hasta el 2 de marzo. Para quien no haya entregado el papeleo, el número otorgado caducará y no podrán seguir anunciándose en plataformas digitales como Idealista o Airbnb.