La situación más común es haber trabajado unos meses y haber cobrado el paro el resto del año
Declaración de la Renta 2025-2026
¿Tengo que hacer la declaración de la Renta si estoy en paro? Claves y límites en 2026
Para esta campaña, las reglas han experimentado ligeros cambios debido a la actualización del Salario Mínimo Interprofesional
Estar en situación de desempleo no exime automáticamente de presentar la declaración de la Renta, pero tampoco obliga a ello por sistema. La clave reside en la cuantía total de los ingresos percibidos durante el año y en el número de pagadores que han intervenido en tu historial económico.
Para la campaña de 2026 (correspondiente al ejercicio fiscal 2025), las reglas han experimentado ligeros cambios debido a la actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que afecta directamente a los límites de exclusión.
Si durante todo el año 2025 únicamente has percibido la prestación por desempleo del SEPE, se considera que tienes un solo pagador. En este supuesto, el límite para estar obligado a declarar se mantiene en los 22.000 euros anuales.
Dado que la mayoría de las prestaciones por desempleo no alcanzan esa cifra sumada en 12 meses, gran parte de los parados de larga duración quedan exentos de este trámite, a menos que deseen presentarla voluntariamente para solicitar una devolución.
El nuevo umbral de los 15.876 euros
Sin embargo, la situación más común es haber trabajado unos meses y haber cobrado el paro el resto del año. En este escenario, Hacienda contabiliza dos pagadores: tu empresa y el SEPE. Para 2026, el límite de ingresos que obliga a declarar con dos o más pagadores ha subido de los 15.000 euros anteriores a los 15.876 euros anuales.
Esta obligación se activa solo si el dinero recibido por el segundo pagador (en este caso, el SEPE o la empresa, el que sea de menor cuantía) supera los 1.500 euros anuales. Si lo percibido por ese segundo pagador es una cantidad testimonial inferior a esos 1.500 euros, el límite de obligación vuelve a situarse en los 22.000 euros iniciales.
Autónomos e Ingreso Mínimo Vital
Es importante recordar que, aunque no se llegue a estos topes económicos, existen otros factores que fuerzan la presentación de la Renta. Por ejemplo, todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y todos los trabajadores por cuenta propia (autónomos) están obligados a declarar con independencia de lo que hayan ingresado.
Asimismo, conviene revisar siempre el borrador porque, aunque no exista obligación legal, es muy probable que el resultado sea a devolver si has tenido retenciones en tu nómina antes de quedar en paro, ya que el impuesto final se calcula sobre el total anual y suele ser inferior a lo que se te retuvo mes a mes.