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La Declaración de la Renta 2025-2206 ha comenzado esta miércoles 8 de abril

La Declaración de la Renta 2025-2206 ha comenzado esta miércoles 8 de abrilCRISTIAN CASANELLES

Declaración de la Renta 2025-2026

Todo lo que debes saber de la casilla 505 de la Declaración de la Renta 2025-26

la campaña de la Declaración de la Renta 2025-2026 ha dado inicio este miércoles, 8 de abril, por lo que las dudas de los contribuyentes se agolpan indiscriminadamente, por la importancia de la gestión a la que nos referimos. Ante esto, desde El Debate tratamos de arrojar algo de luz para facilitarle esta ardua tarea a nuestros lectores. Es momento de comenzar con el proceso, gestionando el borrador, ya que la campaña finaliza el 30 de junio.

La casilla 505 resulta una de las más importantes de la Declaración. Este apartado se refiere a la 'Base liquidable general sometida a gravamen'. Es decir, se trata del importe de los ingresos que finalmente quedan sometidos a tributación una vez aplicadas las reducciones fiscales correspondientes. Para conocer esta cifra, hay que consultar la copia de la declaración de la Renta del ejercicio anterior, ya sea en el apartado 'Base liquidable general y Base liquidable del ahorro' o en el documento de ingreso o devolución.

La casilla en cuestión es fundamental para consultar el número de referencia, el cual es imprescindible para poder acceder a varios servicios de la Agencia Tributaria, como los datos fiscales, la confección de la declaración a través de Renta WEB, o la presentación del borrador de la Renta. Para conseguir la referencia tenemos que visitar la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria e identificarnos con los datos de nuestro DNI.

Asimismo, si el año pasado realizamos la Declaración, debemos cumplimentar la cifra exacta de la casilla 505. En el caso contrario, se solicitará como alternativa los últimos cinco dígitos del IBAN de una cuenta de la que el contribuyente fuera titular en 2024. Tras esto, el sistema nos proporcionará un código de seis caracteres, fundamental para futuras gestiones. Este trámite no nos será necesario si poseemos Cl@ve PIN o el certificado electrónico, que nos permitirá identificarnos sin esta referencia.

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