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Fechas de la campaña de la Renta 2025

Fechas de la campaña de la Renta 2025El Debate

Declaración de la Renta 2025-2026

Empieza la Renta 2025: deducciones, novedades y todo lo que debes saber

La campaña de la Renta comienza este miércoles 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio

Este miércoles, 8 de abril, se dará el pistoletazo de salida a una nueva campaña de la declaración de la Renta, que concluye el 30 de junio. Los primeros que podrán presentarla serán aquellos que opten por internet, a través del programa Renta Web o con la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Aquellos contribuyentes que requieran de asistencia personalizada podrán presentarla por teléfono a partir del 6 de mayo –hay que solicitar cita previa entre el 29 de abril y el 27 de junio–, o de manera presencial en las oficinas, a partir del 1 de junio –el plazo para pedir cita previa es del 29 de mayo al 27 de junio–.

Aunque la campaña termina por todas las vías el 30 de junio, aquellos que les salga a pagar deberán tenerla presentada el 25 de junio.

La obligación de presentar la declaración de la Renta se extiende a todas las personas físicas que hayan obtenido unos ingresos superiores a 22.000 euros brutos anuales con un único pagador. Si los ingresos provienen de más de un pagador, el umbral se reduce a 15.876 euros, siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 1.500 euros.

La gran novedad que se asienta en este ejercicio afecta directamente a los trabajadores por cuenta propia. Desde la última reforma, todos los autónomos que hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en cualquier momento del año 2025 tienen la obligación de presentar la declaración, independientemente de sus ingresos netos o de si su actividad ha arrojado beneficios o pérdidas.

A este grupo se suman los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y los integrantes de su unidad de convivencia, quienes deben cumplir con este trámite anual de forma obligatoria para mantener la prestación. La Agencia Tributaria ha estrechado el cerco sobre el tejido productivo y los perceptores de ayudas, convirtiendo la declaración en una herramienta de control universal que va más allá de la mera recaudación de impuestos.

Grandes cambios a nivel nacional

Uno de los principales cambios que afrontarán los contribuyentes en la campaña de este año será el aumento del porcentaje del 28 % al 30 % para las rentas del ahorro superiores a los 300.000 euros, aunque para los pequeños ahorradores no habrá variaciones sustanciales. Desde el 1 de enero de 2025 se leva el tipo aplicable al tramo más alto de la base del ahorro, que grava dividendo, intereses y ganancias patrimoniales derivadas de la venta de activos financieros. A partir de ahora, los rendimientos que superen los 300.000 euros anuales tributarán al 30 %, dos puntos más que hasta ahora. El resto de los escalones permanecen intacto: el 19 % se aplica a los primeros 6.000 euros; el 21 %, hasta 50.000 euros; el 23 %, hasta 20.000 euros; y el 27 %, hasta 300.000 euros.

Otra novedad afecta a los parados, ya que ya no estarán obligados finalmente a presentar la declaración de la Renta si perciben una prestación por desempleo salvo si superan los límites económicos generales establecido para el resto de los contribuyentes.

Ayudas por la dana e incendios

Las ayudas públicas destinadas a cubrir daños personales derivados de catástrofes como la dana y los incendios forestales quedan exentas del IRPF. En particular, se establece una exención en la Renta e Impuesto sobre Sociedades para las ayudas urgentes concedidas por la Comunidad Valenciana destinadas al mantenimiento del empleo y la reactivación económica en las zonas afectadas por la dan, dirigidas a autónomos y empresas.

También las ayudas destinadas a la reparación de viviendas, enseres y vehículos afectados están exentas de tributación en el IRPF.

Deducciones nuevas autonómicas

En Asturias podemos encontrar este año una nueva deducción para las personas celíacas de hasta 100 euros.

En Andalucía hay tres interesantes nuevas deducciones: una también para las personas celíacas, otra de gastos veterinarios y una tercera para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva.

En Cataluña cabría destacar el cambio de requisitos en la deducción de alquiler de vivienda habitual que pasa de los 300 euros a los 500 euros en tributación individual y de los 600 euros hasta los 1.000 euros para la tributación conjunta.

En Galicia, algunas de las nuevas deducciones más relevantes están centradas en ayudas para los enfermos de ELA y los afectados por la talidomida. Estos primeros también podrán este año deducirse una parte de los gastos derivados de la enfermedad en Extremadura.

En Murcia hay hasta siete deducciones nuevas este año. Entre ellas, una por la adquisición de vehículos eléctricos, otra para fomentar el ejercicio físico y las actividades saludables y una tercera por la adquisición de gafas y lentes de contacto.

Este año, además, hay cambios en los tipos de las escalas autonómicas en Asturias, Canarias y Cataluña, por lo que los contribuyentes de estas Comunidades Autónomas deben estar especialmente atentos.

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