Salario
Cómo leer tu nómina: guía para entender todos los conceptos salariales
Muchos trabajadores chequean su cuenta bancaria para ver si han recibido su sueldo sin consultar nunca la nómina, lo que es un error
Cómo debe ser una nómina
- Datos de la empresa: Nombre, domicilio social de la compañía, Código de Identificación Fiscal (NIF) y el número de Inscripción de la Seguridad Social.
- Datos del trabajador: Nombre, apellidos, documento de identidad (ya sea el número del DNI, del Pasaporte o del NIE), número de afiliación de la Seguridad Social, puesto de trabajo que desempeña y el grupo profesional correspondiente del Convenio Colectivo, categoría y antigüedad (día en el que comenzó la relación profesional).
- Salario base: Salario mínimo que marca el convenio. Con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2022, esta cifra no debe ser inferior a los 1.000 euros en caso de jornada completa de 40 horas.
- Complementos salariales: Esta cantidad depende de las cantidades relativas a cada trabajador: sus conocimientos, sus responsabilidades, si sabe idiomas o no, sus resultados en la empresa, etc.
- Horas extraordinarias: Las horas extra, aquellas realizadas fuera de nuestro horario laboral, tanto si son voluntarias como forzosas, deben quedar también reflejadas en la nómina.
- Gratificaciones extraordinarias: En el caso de cobrar en 14 pagas, deben incluirse las dos pagas extras, la de Navidad y la que corresponde según convenio.
- Salario en especie: Quizás el apartado más difícil de monetizar. En él se encuentran recogidos gastos como los tickets restaurantes o el seguro médico.
- Indemnizaciones o suplidos: Los gastos que el trabajador ha tenido que adelantar al trabajo (transporte, dietas, material...).
- Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social: Prestaciones por traslados, suspensiones o despidos, así como gastos pagados por la empresa por incapacidad o desempleo temporal.
Cotizaciones a la Seguridad Social
- Contingencias comunes: Se calcula como el 4,7% de los devengos salariales menos las horas extraordinarias e incluye gastos como bajas por maternidad, enfermedad o incapacidad.
- Desempleo: Cantidad destinada a cubrir el desempleo y varía según el tipo de contrato.
- Horas extraordinarias por fuerza mayor: Las deducciones que se aplican a este tipo de horas es inferior, ya que son horas que se hacen de forma involuntaria.
- Horas extraordinarias sin fuerza mayor: En este caso la retención puede aumentar hasta un 4,7 %.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
- IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde aparece la parte que se te retiene y que la empresa está obligada a pagar directamente a la Agencia Tributaria.
- Anticipos: Cantidades que se han solicitado con antelación a la empresa.
- Otros: en este apartado puede incluirse cualquier otra deducción no incluida en los apartados anteriores.