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Es importante planificar una herencia para evitar problemas a los herederos

Cada medio de prueba tiene unos requisitos específicos

Empleo

Estas son las nuevas pruebas que se admiten para justificar un despido

El Tribunal Supremo sentó jurisprudencia al afirmar que es posible grabar a empleados durante sus pausas laborales

Con el paso de los años, pruebas como cámaras, GPS o teléfonos móviles han resultado fundamentales para poder determinar la validez de una gran cantidad de despidos. Asimismo, según informa la página web de Autónomos y Emprendedores, el Tribunal Supremo ha establecido nuevos requisitos para el uso de estas pruebas que pueden ser determinantes para justificar el cese de un empleado.

En este sentido, a pesar de que cada medio de prueba tiene unos requisitos específicos, todas comparten la misma condición especial de que el autónomo debe informar previamente al trabajador sobre la vigilancia. Por otro lado, si este aviso no se produce, violaría el derecho a la intimidad del empleado.

El tribunal estableció que se debe informar sobre esta acción, restringir el uso del vehículo a la actividad laboral y recopilar únicamente información sobre el movimiento y la ubicación del propio vehículo. Además, tal y como menciona Autónomos y Emprendedores, «el Tribunal Supremo respaldó el uso de datos de GPS en un vehículo de empresa para justificar el despido disciplinario de un empleado que fue despedido por usar el coche de empresa estando de baja».

Otras pruebas que justifican el despido

El control y la vigilancia de los trabajadores de una empresa genera controversia, pero cada vez es más común. De hecho, las imágenes que captan las cámaras de seguridad pueden llegar a utilizarse como prueba para respaldar despidos, eso sí, siempre y cuando se respeten condiciones e informen a los empleados de su presencia.

El pasado octubre de 2021, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia al afirmar que es posible grabar a empleados durante sus pausas laborales, «algo que hasta la fecha no podía hacerse, según el artículo 20.3 del Estatuto de Trabajadores», reveló Autónomos y Emprendedores.

Finalmente, también admitieron la revisión de conversaciones de WhatsApp en el teléfono de empresa como prueba para justificar despidos disciplinarios. En relación con ello, una sentencia avaló que la vigilancia de las conversaciones no vulnera la intimidad del trabajador si el contrato especifica el uso profesional del móvil y se revisan solo mensajes laborales.

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