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Una mujer desesperada en su trabajo

Una mujer desesperada en su trabajoGetty Images/iStockphoto

Ignacio de la Calzada, abogado: «Si el descanso es el festivo, la empresa debe compensarlo»

El creador de contenido legal explica que varias resoluciones recientes han reforzado el derecho de los trabajadores a ser compensados cuando un festivo coincide con su descanso semanal

La coincidencia de un día festivo con el descanso semanal de un trabajador puede plantear dudas sobre si ese festivo se pierde o debe compensarse. El abogado laboralista Ignacio de la Calzada, creador de contenido legal a través de la cuenta de Instagram @un_tio_legal_, sostiene que la jurisprudencia reciente está reforzando la protección de los empleados en estos casos.

El letrado aborda la cuestión a propósito del 15 de agosto, que este año cae en sábado, una circunstancia que afecta especialmente a quienes trabajan habitualmente de lunes a viernes. «El lío es el siguiente: un día festivo y un día de descanso semanal no son lo mismo, aunque el calendario los haga coincidir; cada uno responde a una finalidad distinta», explica.

Según detalla De la Calzada, diferentes resoluciones del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional han establecido durante este año criterios favorables a que el trabajador pueda disfrutar de manera efectiva tanto de sus descansos como de los festivos que legalmente le corresponden.

Tres resoluciones que marcan el criterio

El abogado resume tres casos recientes que, a su juicio, muestran cómo se está consolidando esta doctrina:

  • Caso Zara, de abril. Los trabajadores tenían una jornada distribuida de lunes a domingo y un descanso semanal fijado en un determinado día entre semana. Cuando ese descanso coincidía con un festivo, explica De la Calzada, el Tribunal Supremo consideró que debía repararse la situación para garantizar que cada empleado pudiera disfrutar de todos los días libres que le correspondían durante el año.
  • Caso Autos Carvallo, de marzo. Una empresa logística con un sistema rotatorio de libranzas contabilizaba los festivos nacionales como parte de los días de descanso mensual cuando ambos coincidían. De acuerdo con el abogado, el Supremo señaló que deben respetarse los 14 festivos previstos en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores. «Eso cuando coincidían en la fecha el tribunal dijo que lo mínimo eran 14 festivos que es lo que marca el artículo 37 2 del estatuto de los trabajadores y eso es intocable que si no compensas ese festivo absorbido estás incumpliendo la ley», afirma.
  • Caso del ‘contact center’, de mayo. Los sindicatos denunciaron que los trabajadores perdían un día de descanso porque el festivo quedaba absorbido por su descanso habitual. En este supuesto, según relata De la Calzada, la Audiencia Nacional resolvió a favor de los empleados y estableció que «los festivos que coinciden con descanso semanal se consideran no disfrutados y la empresa tiene que dar un día adicional de descanso efectivo».

Qué ocurre con el 15 de agosto

La aplicación concreta de este criterio no es idéntica para todos los trabajadores. De la Calzada precisa que depende tanto de la distribución de la jornada como de lo establecido en cada convenio colectivo.

«Pues mira, depende de tu jornada y depende de tu convenio colectivo, pero lo que está haciendo la doctrina es que se está consolidando y dice una cosa muy clara: si tu descanso semanal absorbe el festivo, la empresa no puede dar ese festivo por disfrutado sin más; tienes derecho a que te lo compensen», señala.

Así, el elemento determinante que destaca el abogado es la diferencia entre el descanso semanal y el festivo. Aunque ambos coincidan en una misma fecha del calendario, responden a finalidades distintas y, según las resoluciones que cita, la coincidencia no permite necesariamente que la empresa considere ambos derechos satisfechos con un único día de descanso.

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