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25 de abril de 2024

Consultorio inmobiliario de El Debate

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Consultorio inmobiliario

¿Puede el ayuntamiento de un pueblo navarro cobrar el impuesto revolucionario a las viviendas cerradas?

El abogado y experto inmobiliario Víctor Ortiz aclara las dudas de los lectores de El Debate

Vuelven las dudas sobre la nueva ley de vivienda una vez celebradas las elecciones autonómicas y municipales. La convocatoria de generales en julio también genera incertidumbre entre los lectores.
Hace un año firmé con mi banco las condiciones de financiación para una vivienda de obra nueva. Ahora me han cambiado las condiciones y no tengo dinero para hacer frente a la subida. ¿Qué puedo hacer?
Manuel
–Actualmente los bancos están restringiendo el acceso al crédito y estos casos están a la orden del día. Si habéis firmado algún documento con el banco en el que se recogiesen esas condiciones o disponéis por escrito algún tipo de publicidad, incluso de la promotora en el que se comentaran esas condiciones de financiación que os comentaron en un primer momento, se puede luchar.
Otra de las opciones sería hablar con la promotora y explicarles vuestro problema. Seguramente no seáis los únicos en esa situación y es posible que puedan hablar con la entidad financiera para ampliaros el plazo de escritura o daros alguna otra facilidad.
¿Tiene competencias un ayuntamiento de un pueblo navarro para cobrar el impuesto revolucionario a las viviendas cerradas?
Maika
–Efectivamente, un ayuntamiento puede aprobar una ordenanza para cobrar hasta un 50 % de recargo sobre el IBI para viviendas vacías amparado por el articulo 72.4 de la Ley de Haciendas Locales que detalla que «teniendo la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente aquel que permanezca desocupado, de forma continuada y sin causa justificada, por un plazo superior a dos años, pudiendo ser el recargo del 100 % si el periodo de desocupación de la vivienda supera los tres años».
No es una pregunta sobre temas inmobiliarios, pero me gustaría aprovechar su experiencia sobre Derecho de Sucesiones. Mi padre falleció hace un año y medio y sigue apareciendo su perfil de Facebook. ¿Cómo puedo borrarlo? No tengo las contraseñas.
Belén
–Actualmente hay muchas empresas de borrado digital expertas en estos servicios. Cualquier cuenta de este tipo puede borrarse, no pudiendo ser eliminadas de la red, publicaciones en boletines, noticias o todo aquello relacionado con la libertad de expresión.

Asesor inmobiliario

Desde El Debate respondemos a las preguntas sobre vivienda y otros asuntos inmobiliarios con la ayuda de Víctor Ortiz, abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias.

Víctor Ortiz comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó el startup Inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
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