La falta de información puede prolongar el problema y complicar la recuperación de la vivienda
Okupación ilegal
Si un okupa entra en tu vivienda, este es el primer paso que debes dar en España
El incremento de este tipo de incidentes ha generado confusión entre muchos dueños de inmuebles, que a menudo no saben cómo actuar
En España, la okupación ilegal de viviendas se ha convertido en un problema creciente para los propietarios. Durante 2024 se registraron más de 16.000 casos de allanamiento o usurpación, según las estadísticas oficiales del Ministerio del Interior, lo que refleja la magnitud de esta situación.
El incremento de este tipo de incidentes ha generado confusión entre muchos dueños de inmuebles, que a menudo no saben cómo actuar si alguien entra en su casa sin autorización. La falta de información puede prolongar el problema y complicar la recuperación de la vivienda.
La legislación vigente ofrece herramientas para que los propietarios puedan recuperar sus hogares de manera rápida y legal. Estas medidas buscan proteger los derechos de quienes poseen la vivienda y garantizar que los procesos de desalojo se realicen de forma ordenada y dentro del marco legal, evitando riesgos innecesarios y pérdidas económicas.
¿Cómo debes actuar?
El término «okupación» no aparece en el Código Penal, por lo que las acciones legales se encuadran en usurpación o allanamiento. La usurpación se da cuando una vivienda deshabitada es okupada ilegalmente sin consentimiento del propietario, mientras que el allanamiento de morada ocurre cuando alguien entra o permanece en un domicilio habitado sin autorización.
En la vía penal, el procedimiento comienza con una denuncia ante la Policía. Si los okupas llevan menos de 48 horas en la vivienda, pueden ser desalojados sin orden judicial. Pasadas las 48 horas, la denuncia se tramita en el juzgado por usurpación si la vivienda estaba deshabitada o por allanamiento de morada si estaba habitada, presentando pruebas de propiedad —este proceso puede durar entre uno y año y medio—.
En la vía civil, el propietario inicia el procedimiento en el juzgado contra quienes okupan ilegítimamente el inmueble. La Ley de Enjuiciamiento Civil permite reclamar el desalojo mediante un desahucio exprés y, en algunos casos, solicitar el desalojo cautelar antes de que se dicte sentencia.
Por último, la Policía Nacional ha publicado un documento que explica cómo actuar si tu vivienda es okupada. Lo primero es avisar al instituto armado llamando al 091 y anotar los datos de los testigos que presenciaron la okupación. Asimismo, es importante no cortar la luz, el agua o el gas ni impedir la entrada a los okupas, ya que estas acciones podrían constituir un delito, advierten.