Pedro Sánchez, María Jesús Montero y Yolanda Díaz, en el Congreso
El Gobierno no paga a sus becarios mientras obliga a las empresas a remunerar los gastos de los estudiantes
El 30 de mayo el Ministerio de la Presidencia suscribió un convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Jaume I para el desarrollo de prácticas académicas externas curriculares no retribuidas
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes la Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido coloquialmente como el Estatuto del Becario, más de dos años después de que el Ministerio de Trabajo y Economía Social firmara y presentara esta norma con los sindicatos.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social sacó a mediados de diciembre a audiencia pública, un año y medio después firmar su acuerdo con los sindicatos, el anteproyecto de Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa.
La norma, que no contó con la participación de la comunidad universitaria según denunciaron los rectores, recoge un régimen sancionador a las empresas por incumplir los derechos de los alumnos, con multas de hasta 225.000 euros; una compensación de los gastos que tengan los estudiantes; y limita las prácticas extracurriculares a 480 horas.
Lo curioso de esta nueva norma es que la obligación que el Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez impone a las empresas no se aplica a la hora de tener estudiantes en prácticas en la Administración. Por ejemplo, este mismo agosto, tal y como reveló este periódico, el Boletín Oficial del Estado publicó un convenio de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación en Marruecos, entidad dependiente del Ministerio de Educación.
Para la realización de estas prácticas, el Gobierno especifica en el BOE que los alumnos no recibirán ninguna compensación económica y que además, serán los responsables de sufragar los gastos de viaje, así como el alojamiento y la manutención durante el período de las prácticas, puesto que no existe bolsa o ayuda al estudio a tales efectos por parte del Ministerio.
El 30 de mayo el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes suscribió un convenio entre la Abogacía General del Estado, dependiente de esta cartera, y la Universidad Jaume I, para el desarrollo de prácticas académicas externas curriculares no retribuidas en enseñanzas oficiales de Grado y Máster de sus estudiantes.
Durante estas prácticas, «el estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo laboral con la Abogacía General del Estado ni se integrará dentro de la estructura del mismo». Asimismo, «no tendrá derecho a recibir remuneración alguna, al no tratarse de prácticas retribuidas con una bolsa o ayuda de estudios», reza el documento oficial consultado por El Debate.
Por otro lado, el 3 de marzo el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa dispuso un convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y la Universitat de València, para la realización de prácticas académicas no retribuidas. «La participación del INE en el programa de prácticas no supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente convenio y, en ningún caso, se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral y por consiguiente no existirá ningún tipo de retribución por parte del INE», especifica el BOE de aquel día.
Además, el 9 de enero se publicó este mismo convenio con el INE, pero esta vez con la Universidad de Alcalá, en el que las condiciones de los estudiantes son exactamente las mismas que las relatadas anteriormente.