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La periodista Mariló Montero

La periodista Mariló Montero

Tribunales 

La Justicia condena a dos fotógrafos a pagar 340.000 euros a Mariló Montero por violar su intimidad

Los paparazis Diego Arrabal y Gustavo González tendrán que indemnizar a la periodista tras perseguirla en un viaje privado a Maldivas y fotografiarla desnuda

El Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid ha dado la razón a Mariló Montero tras varios años de lucha por hacer Justicia. Los fotógrafos Diego Arrabal y Gustavo González, propietarios de la agencia Código Press (Diegus SL), han sido civilmente condenados a indemnizar a la periodista y a una amiga de ésta con la suma de 340.000 euros por intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad y el honor. La mayor sanción impuesta hasta la fecha, por este motivo, en España también ha incluido la condena expresa condena en costas para los dos reporteros gráficos. 

En la sentencia a la que ha tenido acceso El Debate, y donde se ha admitido íntegramente la demanda presentada por Montero contra los dos paparazis, se asume que ambos fotografiaron a las mujeres sin su consentimiento durante un viaje privado con destino a las Islas Maldivas, en los días 26 de diciembre de 2014 y 4 de enero de 2015; , Bora-Bora, durante la Semana Santa de 2015, Y, como resultado de aquella persecución obtuvieron, de manera ilícita, imágenes de ellas en bañador y en top-less, que utilizaron para difundir insinuaciones sobre su orientación sexual.

Por todo ello, el juez César Tejedor ha declarado demostrado «que la demandada DIEGUS S.L. ha ocasionado una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal familiar y a la propia imagen» de la conocida periodista, «al captar su imagen mediante fotografías no autorizadas» y «proceder a su exhibición a distintos medios de comunicación». Lo que ha supuesto una condena récord en España en la que, además de la indemnización fijada se prohíbe a los paparazis «la explotación no consentida» de dichas fotografías". 

Esto es, Arrabal y González no podrán exhibir, comunicar y/o publicar «por cualquier medio» las imágenes, cautelarmente requisadas en su momento pero, tampoco, distribuirlas, venderlas o comercializarlas a ninguna «persona física, revista o medio de comunicación escrito o audiovisual», con el mandato expreso de destruir «los soportes donde estén contenidos las fotografías con la imagen» de Mariló Montero «tanto en formato físico como digital, incluyendo dispositivos electrónicos de grabación, negativos, fotografías impresas, equipos informáticos y cualquier otro dispositivo en el que pudieran encontrarse» las mismas. 

El juez ha condenado «a la entidad demandada por los daños morales sufridos por mi representada a causa de la vulneración de su derecho a la intimidad y propia imagen al pago de setenta y cinco mil euros». Que han de sumarse a: los cincuenta mil fijados por «los daños derivados de la captación no autorizada de la imagen» de Mariló Montero en las Maldivas, los setenta y cinco mil «por los daños derivados de la captación no autorizada» de las fotografías de Bora-Bora, los cincuenta mil correspondientes a los «daños derivados de la exhibición a medios de comunicación de las imágenes captadas, y los noventa mil restantes »por los daños derivados de la divulgación y publicación de las falsas insinuaciones sobre su condición sexual en medios de comunicación". 

 

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