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04 de mayo de 2024

Luis Medina Abasca

Luis Medina AbascaGTRES

Caso Mascarillas

La estrategia de Luis Medina contra el alzamiento de bienes: ofrece al juez que embargue 4 millones de su herencia

El juez Adolfo Carretero ya contempló esta posibilidad y mantiene contacto directo con el juez de Sevilla que lleva el procedimiento por los derechos de su abuela, la duquesa de Medinaceli

Luis Medina está decidido a desvirtar, judicialmente, las sospechas que pesan sobre él en el llamado 'Caso Mascarillas' en el que, presuntamente, junto a su socio Alberto Luceño estafó al Ayuntamiento de Madrid en tres contratos suscritos para la venta de material sanitario, durante los meses más duros de la pandemia del COVID-19. En especial, el empresario madrileño ha puesto un minucioso empeño en desmontar las acusaciones de alzamiento de bienes que el juez Adolfo Carretero le imputa, tras comprobar que sólo dispone de 247 euros en su cuenta bancaria y que ya no conserva ninguno de los dos bonos de inversión que adquirió con el dinero recibido de la comisión por sus gestiones de intermedicación en la operación cerrada con el Consistorio de la capital.
No en vano, en el sumario del caso, consta que dos días antes de recibir la transferencia de la empresa malaya Leno -proveedora del millón de mascarillas KN95, los dos millones y medio de guantes y los 250.000 test rápidos adquiridos por el Ayuntamiento- Medina movió los fondos a una nueva cuenta abierta en Países Bajos.
Para ello, el hijo pequeño de Naty Abascal ha solicitado por escrito al magistrado que le embargue los derechos hereditarios de su abuela fallecida Eugenia Fernández de Córdoba y Fernández de Henestrosa, duquesa de Medinaceli, de los que es beneficiario. Unos derechos que ascenderían a una cuantía proxima a los cuatro millones de euros y que están siendo tramitados, a partir de la sentencia dictada en el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Sevilla.
Así lo ha hecho constar Medina al instructor Carretero, voluntariamente, en una carta entregada este lunes por su abogado tras prestar declaración, por primera vez, ante él. Una comparecencia en la que el empresario insistió, de manera expresa, en su ánimo de cooperar en el esclarecimiento de lo ocurrido; y, en la que justificó las retiradas de efectivo de su banco alegando que «en ningún momento» se le «notificó», o se le «prohibió», que pudiese disponer libremente de su patrimonio hasta el momento en el que el juez decretó el embargo de sus bienes y fijó una cuantiosa fianza de casi 900.000 euros.
Tal y como avanzó El Debate en exclusiva, Medina ha tratado de desvirtuar desde el primer momento el alzamiento, asegurando que «no me dijo el Sr. fiscal expresamente que tuviera prohibido disponer de ellos. Dispuse porque no pensé que hubiera nada irregular porque no me advirtió que si lo hacía fuera delictivo». «Estoy haciendo todo lo posible. No hay ni un solo euro en el extranjero». Tanto es así que ha explicado cómo «antes de ser llamado por la Fiscalía, en abril del 2021, ya dispuse de gran parte del dinero de los bonos desde su adquisición, para préstamos, ayudar a gente...».

Trabar los derechos hereditarios

La posibilidad de trabar los derechos hereditarios es una opción prevista en la Ley que ya estaba en el radar del juez Carretero para Luis Medina. El magistrado, ante la posibilidad de que el hijo menor del Duque de Feria y Naty Abascal no abonara el cerca de millón de euros de fianza que pesan sobre él, se puso en contacto con el juez de Sevilla que lleva el pleito testamentario.
En concreto, Carretero preguntó a su colega si seguía un proceso en ese juzgado sobre los bienes de la herencia de la fallecida duquesa de Medinaceli, abuela de Luis Medina, que asciende a unos 20 millones de euros a repartir entre los cuatro nietos y los dos bisnietos de la fallecida. Al más joven de los herederos le correspondería, aproximadamente, una quinta parte de la masa hereditaria.
El exhorto judicial librado para averiguar si Luis Medina es parte procesal como demandante y heredero en la causa recientemente fibnalizada para que, en caso afirmativo, se bloqueasen preventivamente los derechos hereditarios del mismo y se anotese el correspondiente embargo en el Registro de la Propiedad o en las entidades bancarias donde la fallecida tuviese bienes inmuebles o cuentas corrientes.
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