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20 de abril de 2024

Ilustración del presidente de la Generalidad de Cataluña, Pere Aragonès

Ilustración del presidente de la Generalidad de Cataluña, Pere AragonèsLu Tolstova

Cataluña

Clamor entre los juristas contra la Generalitat por el incumplimiento de la sentencia del 25 % de la educación en español

Los expertos recuerdan que es obligación del Gobierno garantizar la aplicación de la ley y las sentencias judiciales en cualquier Comunidad Autónoma y apuntan a un nuevo 155 en Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ordenó a la Generalitat, hace una semana, que ejecutase de forma inmediata la sentencia que le obliga a que, al menos, un 25% de las clases se impartan en castellano en todo el sistema educativo de Cataluña. El tribunal daba 15 días al consejero de Educación, Josep González-Cambray, para dictar «las instrucciones procedentes a los efectos que los centros educativos de educación infantil, primaria y secundaria sostenidos con fondos públicos garanticen el derecho de todos los alumnos a recibir la educación mediante el uso vehicular normal de las dos lenguas oficiales en porcentajes que no pueden ser inferiores al 25 %». Y desde la Administración independentista anunciaban, sin ocultarse, que no cumplirían. El conflicto está servido y el clamor entre los juristas, expertos en Derecho Constitucional y la sociedad civil general contra la inacción del Gobierno, no se ha hecho esperar.
«Uno de los pilares esenciales del Estado de Derecho es el cumplimiento de las sentencias judiciales dictadas», apunta Roberto Blanco Valdés, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela. «Y, cuando éstas afectan a los poderes públicos, la negativa a atenderlas es mucho más grave que cuando lo hace un particular. La Generalitat lleva años toreando al TSJC para incumplir con su posición una resolución que es de puro sentido común: que en el territorio de Cataluña las dos lenguas cooficiales según la Constitución lo sean también en la esfera educativa».
En el mismo sentido se pronuncia Ramón Rodríguez Arribas, vicepresidente emérito del Tribunal Constitucional, para quien «es misión de los jueces juzgar y ejecutar lo juzgado». «Los jueces tienen la obligación de que se cumplan íntegramente las resoluciones judiciales con arreglo a los mecanismos que el propio Tribunal imponga. Si la resistencia es pasiva, con multas y sanciones. Si fuese activa porque la oposición de las autoridades impide la aplicación práctica de las mismas –en un grado extremo sería sedición–, con el uso legítimo de la fuerza que el Estado tiene conferido», recuerda Rodríguez Arribas. Para quien, además, frente a aquellos que «no han dejado de repetir que lo volverían a hacer», el Estado «ha de imponerse».
«Cuando no se cumple la ley con toda prudencia, lógica, legalidad y proporcionalidad –que es lo que nos diferencia a la civilización de la barbarie– y se renuncia a imponerla, llega el caos», concluye.

Cuando una autonomía no cumple una resolución judicial firme, de forma reiterada y consciente, procede aplicar el 155 constitucionalAntonio Salas Carceller, exmagistrado del Tribunal Supremo

«El requerimiento dirigido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a las autoridades educativas de la Generalitat para que cumplan con la sentencia que les obliga a impartir un mínimo del 25 % de clases en castellano en los centros educativos de toda Cataluña puede ser resumida en una sola frase: el círculo se estrecha cada vez más. O en dos: cada vez quedan menos vía de escape», advierte el también catedrático de Derecho Constitucional Carlos Flores.
«En efecto, el Tribunal, que ya había especificado el modo de cumplir con la sentencia –enseñanza en castellano del castellano y de una asignatura troncal más–, añade ahora la fijación de un plazo perentorio para su ejecución –dos semanas–, e identifica con claridad al responsable de su cumplimiento, el conseller de Educación Gonzàlez-Cambray, dejando expedito el camino para una imputación por desobediencia en caso de que ello no ocurra», apunta el profesor de la Universidad de Valencia.

El heroísmo de algunas familias no debe suplir la obligación constitucional de los poderes públicos de satisfacer a quienes deciden recibir educación en españolPablo Baró, delegado de la APM en Cataluña

No en vano, para Flores «todo parece indicar que la ejecución de la sentencia se va a traducir en una suerte de guerra de guerrillas, en la que la Generalitat va a refugiarse en la ambigüedad, los centros van a practicar la desobediencia, las autoridades educativas catalanas van a hacer la vista gorda, la alta inspección del Estado se va a revelar incapaz de ejercer sus tareas, los recurrentes van a tener que instar su cumplimiento una y otra a vez, y los tribunales van a tener que terciar en el conflicto –como siempre, con lentitud exasperante– hasta que uno de los dos bandos acabe tirando la toalla».
Una postura de máximos que, a juicio de Antonio Salas Carceller, exmagistrado del Tribunal Supremo, merece «una respuesta de máximos». «Para eso es para lo que está el artículo 155 de la Constitución. Cuando una autonomía no cumple una resolución judicial firme, de forma reiterada y consciente, procede aplicarlo. Es la norma concreta que permite intervenir a un territorio en una situación de rebeldía en la que el Estado debería ejecutar la decisión judicial, previa dejación de funciones de la Administración correspondiente», advierte. «El Gobierno debería dar un paso al frente y exigir formalmente al presidente de la Generalitat su cumplimiento forzoso, en la forma que sea. Lo contrario está atentando al interés general de la sociedad española», añade Salas.
«Las normas son como son y están para lo que están. Si esto mismo lo hiciese otra comunidad autónoma el Gobierno ya habría intervenido», afirma el exmagistrado para quien, además, «la Fiscalía podría actuar de forma complementaria contra las autoridades en rebeldía para procesarlas por desobediencia».
Por su parte, el juez en activo Pablo Baró, delegado de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) en Cataluña, lamenta que «de nuevo, asistamos al enésimo desafío de la Generalitat al orden constitucional». «Por suerte el Estado tiene mecanismos para su defensa», asegura, «pero exigen de la implicación real y decidida de todos los poderes, no sólo el judicial, para garantizar el cumplimiento de las resoluciones de los tribunales y, con ello, hacer efectivos los derechos básicos de los ciudadanos».
«El heroísmo de algunas familias no debe suplir la obligación constitucional de los poderes públicos de satisfacer las pretensiones legítimas de quienes pretenden recibir también educación en español, no sólo en la lengua cooficial correspondiente. El Estado tiene que serlo para todos», recuerda Baró.
Para Carolina Mata de la Torre, presidenta de la Asociación de Juristas Europeos PROLEGE, «a la vista del resultado tan beneficioso a los intereses de los independentistas, las autoridades catalanas siguen echando un pulso a las instituciones del Estado. El último instrumento con el que llevar a cabo el continuo chantaje a los españoles, viene a propósito de no cumplir con el mandato judicial consistente en oficializar en las aulas catalanas el mínimo del 25% de clases en castellano». «Dejar de cumplir consciente e injustificadamente ordenes emanadas de la autoridad, podría contemplar que estamos ante la comisión de un delito de desobediencia penado incluso con prisión, pero lo cierto es, que para que se dé dicho delito, debe haber previamente un apercibimiento claro y expreso por parte de dicha autoridad, que debería ser instado una vez verificado el desacato», apostilla la abogada madrileña.
«A los que nos dedicamos a esto, no se nos escapa que el Govern va a intentar estirar todos los recursos que se le ocurran con el objetivo de ganar tiempo, hasta elaborar una ley aprobada por el parlamento catalán que intente eludir con legitimidad ese mandato judicial», adelanta Mata.
«El gobierno de Pedro Sánchez» no hará otra cosa que «claudicar dado que se mantiene en el poder gracias a estos mismos independentistas», lamenta la penalista.

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