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El Tribunal Supremo, en una imagen de archivo

El Tribunal Supremo, en una imagen de archivoCreative Commons

Tribunales

Dos causas de prevaricación política y una de extorsión para el Pleno penal del Supremo

La Sala que preside el magistrado Manuel Marchena revisará esta semana el caso Tres Reyes, entre otras cuestiones

El Supremo revisará esta semana la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Almería, procedente del Juzgado de Instrucción número 1, contra una presunta organización criminal acusado de varios delitos, entre ellos la extorsión, por el que se procesó a un total de siete personas, entre las cuales resultó absuelto el exjefe de la Abogacía del Estado de la provincia andaluza, Demetrio Carmona. Con él, también resultó absuelto el abogado Rogelio Vargas. Pero no así Ángel Morales Ruiz quien fue declarado autor de dos delitos de extorsión en grado de tentativa -con la concurrencia de una circunstacia modificativa de la responsabilidad criminal, atenuante ordinaria, de dilaciones indebidas- a la pena de ocho meses y medio de prisión. Tampoco a José Abad Marcos condenado por los mismos motivos y pena que tendrá que evaluar, ahora, tras el recurso, el Alto Tribunal.

En cambio, José Antonio Mateos Acedo e Ignacio Francisco Flores Bernabéu, estos dos últimos como autores de un delito de falsedad de documento público continuado en concurso medial con un delito de usurpación de funciones públicas resultaron castigados con una pena de dos años, cuatro meses y quince días de prisión.

A todos ellos se les juzgó por la comisión de varios delitos de supuesta pertenencia a grupo criminal y tres delitos de extorsión, en grado de tentativa, aunque a dos de ellos les imputó, además , sendos delitos de usurpación de funciones públicas y falsedad ya que se hacían pasar por «oficiales» de un «servicio de inteligencia del Estado» en algunas operaciones financieras, una de ellas encaminada a hacerse «mediante engaño» con 128,4 millones de dinares iraquíes.

La decisión de la Audiencia Provincial de Almería, una sentencia de 46 folios resultado de tan sólo 16 meses de instrucción de una causa muy delicada, pasó por exonerar al que fuera el responsable de la Abogacía del Estado, Demetrio Carmona, de todos los delitos de los que se le acusaban en la presunta trama.

«Es evidente y palmario que no se dan los requisitos que hemos mencionado, pues no hay estructura alguna entre los siete acusados, algunos de ellos apenas se conocen, como se ha visto a lo largo del estudio de los otros delitos no podemos llegar ni siquiera por sospechas de la existencia de objetivos comunes, pues parece que por un lado iban Abad y Morales y por otro Mateos y Flores. No se aprecia división de funciones, ni jerarquía, ni como decimos una mínima coordinación, más allá de alguna frase en la que Flores dice aquello que nos lo vamos a repartir todo, pero que no sabemos en qué contexto ni con que finalidad y a que hacía referencia. Entendemos que los hechos que se condenan son aislados y fuera de una mínima organización que nos lleve a condenar por grupo criminal», recogió el fallo. No así en relación con la extorsión que llevó al banquillo al resto de los procesados y sobre la que, esta semana, tendrá que deliberar la Sala Segunda de lo Penal del Supremo.

Las 'mordidas' de la TV valenciana

Además, el Departamento que preside el magistrado Manuel Marchena tendrá que debatir sobre la ponencia de la magistrada Susana Polo en una derivada de la trama Gürtel dictada, en 2020, por la Audiencia Nacional sobre la contratación por parte de Canal 9, la antigua televisión autonómica valenciana (RTVV), de las pantallas, sistemas de sonido y megafonía para la transmisión de la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia con motivo del Encuentro Mundial de las Familias celebrado en la capital del Turia, en julio de 2006.

La Sala del Alto Tribunal, entrará en el fallo redactado, entonces, por la magistrada María Fernanda García Pérez, en el que se consideró acreditado que 19 de los 23 acusados en la causa se concertaron para adjudicarse de forma ilegal un contrato de 6,46 millones de euros más IVA (7,49 millones en total) y se repartieron posteriormente 'mordidas' por valor de 3,2 millones fabricando facturas falsas y utilizando como sociedad pantalla a la constructora leonesa Teconsa.

Por estos hechos, la Audiencia Nacional condenó a 13 años y siete meses de cárcel al cabecilla de la trama, Francisco Correa; a 15 años y cinco meses a su número dos, Pablo Crespo, y a seis años y nueve meses a Álvaro Pérez, 'El Bigotes', por la comisión de varios delitos de prevaricación, malversación, fraude a la Administración Pública, blanqueo de capitales, falsedad de documental y contra la Hacienda pública.

Pero, también, al que era por aquel entonces el director general de Canal 9, Pedro García -con seis años y nueve meses de prisión- y al vicepresidente y accionista de Teconsa, José Luis Martínez Parra, al quien le correspondió una pena de 11 años y siete meses de cárcel.

La 'operación Nazarí'

El magistrado Ángel Hurtado será el encargado de defender la ponencia con la que el Supremo resolverá el recurso contra la absolución de José Torres Hurtado, exalcalde de Granada del Partido Popular, y la que fuera su concejal de Urbanismo, Isabel Nieto, de una imputación por un presunto delito de prevaricación, en la concesión de los expedientes administrativos de un edificio en el que ambos viven, que fue ejecutado por un empresario local.

En el fallo judicial absolutorio, se descartó la existencia de un mínimo «sostén probatorio» sobre las acusaciones vertidas contra ambos, ni indicios sólidos que apuntasen a la comisión de las irregularidades que se le atribuían a ambos desde la oposición política. Pese a haber resultado absuelto en dos causas, Torres Hurtado dimitió de la alcaldía granadina, en abril de 2016, tras ser detenido, en el marco de la operación Nazarí, por unas acusaciones de prevaricación que finalmente se desgajaron en distintas piezas separadas.

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