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19 de abril de 2024

Un ladrón roba una cartera de la guantera de un coche

Un ladrón hurta una cartera de un coche abiertoGTRES

Legislación

La propuesta del PP para que los ladrones reincidentes que hurten menos de 400 euros puedan ir a la cárcel

  • El Grupo Popular en el Congreso también quiere modificar que a los condenados por tres o más estafas leves se les imponga hasta tres años de cárcel

Según la Confederación Española de Comercio (CEC) el hurto multirreincidente –que se da cuando una persona lo realiza más de tres veces– cuesta 300 millones de euros al año a las Administraciones Públicas, y genera unas pérdidas al comercio español de 1.800 millones anuales. Este delito castiga a quien, con ánimo de lucro, sustraiga bienes ajenos sin utilizar intimidación o sin forzar cosas.
El Partido Popular presentó a finales del año pasado en el Congreso una proposición de Ley que modifica el Código Penal y que tiene por objetivo que los que sustraigan objetos reiteradamente –aunque tengan un valor acumulado inferior a los 400 euros– puedan ir a la cárcel. Desde el pasado miércoles 8 de marzo la propuesta popular está en espera de que la Cámara debata y vote la tramitación.
De acuerdo con la legislación actual, que se instauró en agosto de 2022, las personas que hurtan objetos o dinero valorados en menos de 400 euros son castigadas con una multa de uno a tres meses. No obstante, si son condenados más de tres veces por este delito, y su total acumulado es superior a 400 euros, se les aplica una pena de cárcel que va desde los 6 meses hasta el año y medio.

Sin que importe la cuantía

Ahora el PP quiere dar un paso más. La proposición popular modifica el tipo agravado del hurto, y dictamina que si el culpable ya ha sido condenado por «al menos por tres delitos», aunque «sean leves», será castigado entre 6 y 18 meses de prisión, con «independencia de la cuantía de lo sustraído».
El índice de criminalidad del Ministerio del Interior refleja que en 2019 se produjeron en España 700.453 hurtos. Así las cosas, el PP –en la exposición de motivos de la proposición– se asegura que en nuestro país se da «un hurto profesionalizado, que, según estudios del sector de la distribución comercial, supera el 85 % de los casos». Asimismo, se realiza una especial referencia a «los hurtos en explotaciones agrícolas y ganaderas, a cuyos titulares se les causan graves daños para el desarrollo de su actividad».
Una mujer guarda en la cartera el décimo de lotería de Navidad que ha comprado en una administración

Una mujer guarda en la cartera el décimo de lotería de Navidad que ha comprado en una administraciónEFE

El caso de la estafa

El delito de estafa se configura cuando, con ánimo de lucro, se emplea el engaño para provocar un error en la víctima, y así conseguir un beneficio económico o patrimonial. El Código Penal dictamina que si la cuantía de lo defraudado no excede de 400 euros se impone una multa de uno a tres meses.
La reforma del PP establece que cuando ya se hubiera condenado «ejecutoriamente por al menos por tres delitos» de estafa y estos «sean leves y asimismo sea leve el delito objeto de enjuiciamiento» se impondrá una pena de prisión de prisión de seis meses a tres años de prisión.

Un cambio también en los antecedentes

La proposición de cambiar Código Penal no solo se queda ahí. El texto del Grupo Popular recoge que la jurisprudencia del Tribunal Supremo sostiene: «la imposibilidad de considerar los antecedentes penales por delito leve» mientras «no se modifique el Código Penal para aplicarlos al tipo agravado de multirreincidencia». En consecuencia, «la situación del tratamiento penal de la multirreincidencia en delitos leves de hurto y estafa está caracterizada por una ausencia de efectividad disuasoria, porque la sanción es la misma para quien comete un delito que para quien comete una sucesión continua de delitos».
Así pues, la propuesta plantea reformar el artículo 22 del Código Penal, que señala cuáles son las circunstancias agravantes. En principio, los antecedentes en delitos leves –como los hurtos de menos de 400 euros– no se consideran como un agravante de reincidencia, pero el PP quiere añadir una excepción: «salvo lo dispuesto para los tipos agravados por multirreincidencia de delitos leves».
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