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17 de mayo de 2024

Jornada electoral el pasado 4 de mayo de 201

Jornada electoral el pasado 4 de mayo de 201GTRES

Elecciones 28-M

¿Cómo saber si estoy en una mesa electoral en las elecciones municipales y autonómicas del 28-M?

Casi cualquier persona con derecho a voto puede formar parte de una mesa electoral

La cuenta atrás para las próximas elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo ha comenzado. A penas falta un mes para que los españoles tengan que acudir a las urnas para ejercer su derecho al voto y, en algunos casos, por partida doble.
Son 12 las comunidades autónomas en las que se celebrarán elecciones: Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Navarra, La Rioja y Región de Murcia. Sus ciudadanos tendrán que elegir, por tanto, al nuevo ejecutivo regional y a los líderes locales.

Formar parte de una mesa electoral

Con todo, los preparatorios para la jornada electoral ya han comenzado y toca conformar las mesas electorales. Casi cualquier persona con derecho al voto puede formar parte de una de ellas, ya que estos puestos se seleccionan por sorteo.
Según el calendario, el sorteo se celebrará entre el próximo sábado, 29 de abril, y el 3 de mayo. Desde ese momento, hay un plazo de tres días para notificar su participación a los presidentes, vocales y suplentes, y enviarles el manual necesario para dicha jornada.

Alegaciones

El 6 de mayo es la fecha límite en la que todo elegido recibirá la notificación de que debe acudir a la mesa. Una vez conocido el resultado del sorteo, los seleccionados tienen siete días para solicitar no estar en la mesa, alegando motivos familiares, de salud o profesionales.
Una vez presentadas las alegaciones se da un plazo máximo de cinco días para resolver y comunicar dicha petición. Como máximo, el 18 de mayo se conocerán los miembros definitivos.
En el caso de que exista la imposibilidad de desempeñar el cargo se puede comunicar a la Junta Electoral de la zona hasta al menos 72 horas antes del 28-M. Si el impedimento llega después de este nuevo plazo se exige comunicarlo antes de las ocho horas de la propia jornada electoral.

¿Cuánto se cobra?

En 2019 se decidió establecer una cantidad fija, 65 euros, pero una orden ministerial del 1 de marzo de 2023 ha ratificado una subida de ese salario hasta los 70 euros. En la misma orden se establecen los casos en los que se percibe la dieta.
El texto señala que solo los miembros titulares de la mesa tienen derecho a esos 70 euros. Los suplentes, aunque deben presentarse a primera hora en el colegio electoral, no lo cobran salvo que sustituyan al titular. Además, vocales y presidente cobran la dieta íntegra aunque a lo largo de la jornada sufran algún imprevisto que los obligue a abandonar su puesto.
Es importante recordar que que haya dos votaciones no tiene ningún tipo de repercusión en la dieta de los miembros de la mesa electoral. La orden ministerial recuerda que el sueldo de 70 euros se percibe «por jornada electoral, aun cuando en la misma se celebren varios procesos».
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