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17 de mayo de 2024

Entrada del centro penitenciario Álava, en el día de la presentación del documental de EiTB 'Historias de la cárcel', en el centro penitenciario de Zaballa, a 4 de mayo de 2022, en Nanclares de la Oca, Álava, Euskadi (España). El documental recoge el día a día de los internos e internas, indaga en las causas que les llevaron a la cárcel, en sus problemas, preocupaciones y también en los sueños de futuro.
04 MAYO 2022;ESPETXEA ARABA;
Iñaki Berasaluce / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
04/5/2022

Entrada del centro penitenciario de Zaballa (Álava)Iñaki Berasaluce / Europa Press

Nueva «visita médica» sin custodia policial de una asesina de ETA

El Gobierno vasco asegura que es para que el reo se conciencie de que hay que «racionalizar los recursos públicos»

La asesina del subteniente de la guardia civil, Alfonso Parada, que también tenía la intención de asesinar al expresidente de la Xunta de Galicia, Manuel Fraga, ha salido de la cárcel recientemente sin ningún tipo de vigilancia ni control para asistir a una cita médica.
La miembro de ETA, Alicia Sáez de la Cuesta, condenada a 29 años de prisión por el asesinato del subteniente de la guardia civil, Alfonso Parada, y que también está condenada, entre otros delitos, por el intento de atentado contra el político ya fallecido, Manuel Fraga, acudió a una cita médica sin ningún tipo de custodia policial en Vitoria.

Qué dice el Reglamento Penitenciario

El Gobierno vasco se ha excusado en que las salidas de los internos a las consultas médicas están reguladas por el artículo 155.4 del Reglamento Penitenciario y que si esta etarra ha acudido sin custodia policial es porque cumplía los requisitos que marca el reglamento.
Lo cierto es que este artículo tan solo se limita a afirmar que «se podrán conceder, con las medidas de seguridad adecuadas y previo informe médico, permisos extraordinarios de salida de hasta doce horas de duración para consulta ambulatoria extrapenitenciaria de los penados calificados en segundo o tercer grado».
El artículo que sí habla de la custodia policial es el 155.5, que explica que «los permisos no estarán sometidos, en general, a control ni custodia del interno cuando se trate de penados clasificados en tercer grado y podrán concederse en régimen de autogobierno para los penados clasificados en segundo grado que disfruten habitualmente de permisos ordinarios de salida». Éste es el régimen, el del autogobierno, que le aplica el Gobierno vasco a pesar de que en cualquier momento la etarra se puede cruzar con la familia del guardia civil que asesinó, puesto que ésta vive en Vitoria.
Para justificarse, el Gobierno vasco alega que los presos «tienen los tiempos muy pautados» ya que disponen de una hora para llegar de la cárcel al centro médico, a pesar de que desde el centro penitenciario de Zaballa al centro de Vitoria tan solo hay 20 minutos en coche. Y, una vez finalizada la visita médica, el reo dispone del mismo tiempo para regresar a la prisión.

Concienciar al preso

Según el Ejecutivo de Íñigo Urkullu, la idea de estas medidas es tratar de concienciar a los reclusos de que usen sus propios recursos en la gestión de sus necesidades de atención médica extrapenitenciaria, así como «racionalizar la utilización de recursos públicos derivados de una custodia policial cuando ésta no es necesaria», han precisado las mismas fuentes.
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