Yolanda Díaz y Carles Puigdemont, sonrientes en el Parlamento Europeo
Justicia
Fiscales critican el recurso a favor de Puigdemont: «No pueden hacerse excepciones porque se trate de un político»
La Fiscalía del TC ha presentado alegaciones contra la mayoría de la Sala de Vacaciones que rechazó el amparo solicitado por el expresidente de Cataluña
El Ministerio Público en España es el defensor de la legalidad. Por eso no ha gustado en la Carrera que, una vez más, la Fiscalía se haya movilizado a favor de intereses políticos del Gobierno en funciones, incluso a pesar de que desde que el propio Pedro Sánchez declaró la dependencia de la misma de su Ejecutivo, a comienzos de la pasada legislatura, el prestigio de la institución ha ido de mal en peor. Los fiscales critican que la Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) ha presentado ya su recurso contra la decisión de la mayoría conservadora de la Sala de Vacaciones tras inadmitir, este mismo verano, el amparo instado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña y prófugo de la Justicia española, Carles Puigdemont contra la orden nacional de detención dictada por el Supremo: «No pueden hacerse excepciones porque se trate de un político».
No en vano, este mismo lunes, se hacía público que el Ministerio Público, un escrito firmado el pasado día 1 de septiembre, registraba su recurso de súplica contra el auto de inadmisión dictado el 9 de agosto por la Sala de guardia de la Corte de Garantías, al entender que la decisión adoptada por 2 votos a favor y uno en contra –el de la magistrada afín a la Moncloa Laura Díez– no se ajusta a Derecho.
«Si hay un criterio establecido y asentado en el Tribunal Constitucional», apuntan desde la Carrera fiscal a El Debate, «no se pueden hacer diferencias cuando en un caso concreto interesa, políticamente, el resultado del recurso». Así las cosas, a nadie parece haber escapado el hecho de que «si la Sala de Vacaciones tiene por norma pronunciarse, cuando se solicitan medidas cautelares, lo que no puede es alterarlo sin más motivo que el mero hecho de que el recurrente sea un político».
Y no cualquier político, sino el líder de Junts, el partido que tiene la llave para la continuidad de Pedro Sánchez al frente de un nuevo Gobierno frankenstein, durante los próximos cuatro años. «La Fiscalía no está para contentar intereses distintos» de su labor ni para hacer «gestos» políticos.
Cabe destacar que, en los casi 15 folios que conforman el recurso del Ministerio Público, el fiscal Pedro Crespo no ha entrado a valorar si la base de la decisión adoptada por la Sala de Vacaciones es «acertada o desacertada», o está «bien o mal fundada», pero sí ha asegurado que «no ha sido adoptada ni en el tiempo ni por el órgano que de acuerdo con la ley aseguran su legitimidad constitucional, o, lo que es lo mismo, garantizan que tal decisión es fruto del legítimo ejercicio de la jurisdicción constitucional».
Sin embargo, el Tribunal de Guardia, compuesto por los magistrados Concepción Espejel (presidenta), Laura Díez y César Tolosa, encargado de dictar el auto que inadmitió el recurso del expresidente de Cataluña, prófugo de la Justicia española, Carles Puigdemont, y de su exconsejero Toni Comín, ambos eurodiputados en la actualidad, contra la orden de detención y entrega nacional dictada por el magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, que permanece vigente en nuestro país, fue plenamente ajustada al criterio habitual del órgano constitucional.
Aunque la lectura política de quienes tratan de conformar un Ejecutivo de concentración con todas las siglas a la izquierda del arco parlamentario ha sido señalar al TC como responsable de una resolución casi inédita, la realidad es que la misma se acordaba atendiendo a los requisitos legales previstos para este tipo de causas y atendiendo a los precedentes similares que han despachado otras Secciones de Vacaciones, con idéntico resultado.
La más reciente cuando, en el verano de 2022, el Tribunal compuesto por el entonces presidente de la Corte, Pedro González-Trevijano, y los magistrados Ricardo Enríquez y Juan Antonio Xiol, rechazaba –en una providencia a la que ha tenido acceso El Debate– la admisión de un recurso de amparo, el número 5694-2022, contra un auto previo de la Audiencia Provincial de Tarragona, «dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable». Un escenario análogo al aplicado al líder de Junts.