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27 de abril de 2024

El lehendakar, Iñigo Urkullu

El lehendakar, Iñigo Urkullu

El País Vasco aprueba una ley de memoria en la que no constan las víctimas de ETA

  • El PP y Vox han sido las únicas formaciones políticas que han votado en contra de la aprobación de la norma

  • El fin de la ley es resarcir a quienes han sufrido «persecución o violencia, por razones políticas, sindicales, ideológicas o de creencia religiosa»

El País Vasco cuenta ya con una ley de memoria propia en la que se esconde el papel criminal de ETA en esa comunidad autónoma mientras se centra en el papel del Franquismo, excluyendo, además, a las víctimas del Frente Popular.
El Parlamento Vasco, con el apoyo del 90 % de los parlamentarios, ha aprobado este jueves la denominada Ley de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi, que refuerza las acciones de reconocimiento y de memoria de las víctimas del golpe militar, de la Guerra Civil y de la dictadura franquista.
El PP, con 5 representantes, y Cs y Vox, con uno cada uno, se han opuesto porque el texto normativo no incluye a las víctimas del bando republicano durante la guerra ni tampoco a las de ETA desde 1968 hasta 1978, años comprendidos en esta normativa.
En un momento en el que varias comunidades debaten la derogación de leyes de Memoria Democrática, en El País Vasco el PNV, el PSE-EE, EH Bildu y Elkarrekin Podemos-IU, que suman 68 de los 75 parlamentarios, han dado un sí a la ley después de aceptarse varias enmiendas de estos dos últimos grupos al proyecto original.
El objetivo de la norma es regular las políticas públicas para la llamada memoria histórica con el fin de promover la «reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar, social o colectiva, de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, sindicales, ideológicas o de creencia religiosa».
Consolida normativamente y amplía el volumen de actuaciones en esta materia desarrolladas hasta el momento y otorga un papel principal a Gogora, el Instituto Vasco de la Memoria, reforzando su trabajo de informes de vulneraciones de derechos humanos, de elaboración de un censo de víctimas mortales o de localización e identificación de las personas desaparecidas en la Guerra Civil. La ley fija, aún sin fecha, un día anual de homenaje a las víctimas del golpe militar de 1936 y la dictadura.
La creación de un Banco de ADN de exhumaciones del País Vasco y de un Centro Documental, y la elaboración de un Catálogo de Lugares, Itinerarios y Espacios de la Memoria Histórica son otras de las novedades del documento.
En cuanto al derecho de las víctimas a su reconocimiento y reparación, el proyecto prevé estudiar la pertinencia y viabilidad de «indemnizaciones complementarias a las ya materializadas en el pasado» por el Ejecutivo vasco.

Apoyos para acudir a la Justicia

Las instituciones públicas vascas prestarán asesoramiento y apoyo a todas las personas que deseen interponer una querella como consecuencia de la desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo.
El derecho a la justicia abarca la Guerra Civil, la dictadura franquista y la transición a la democracia hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Se considera contraria a la memoria histórica del País Vasco y a la dignidad de las víctimas la exhibición pública de elementos o menciones en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo del golpe de Estado del 36 y de la dictadura franquista.

Fin de los símbolos franquistas

Menciona expresamente elementos como placas, escudos, insignias, inscripciones y toda construcción erigida para rendir honores u homenajear la sublevación militar, la victoria del llamado bando nacional, la dictadura franquista, a sus dirigentes o a sus instigadores y ejecutores.
También denominaciones de calles, vías o lugares públicos que rindan homenaje a militares o políticos afectos al golpe de Estado o al régimen franquista.
La ley establece una serie de infracciones, las muy graves sancionadas con hasta 150.000 euros y por ejemplo, en las graves, con multas de hasta 10.000 euros, figuran la difusión de expresiones ofensivas o vejatorias «contra la dignidad de las víctimas o de sus familiares», así como «cualquier tipo de manifestación que suponga el enaltecimiento del franquismo».
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