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17 de mayo de 2024

Ilustración: los sobreentendidos; justicia

Ilustración de la JusticiaLu Tolstova

Juristas alzan la voz contra la amnistía y realizan una «declaración en defensa del Estado de Derecho»

Estos expertos consideran que la amnistía debería «ser tramitada como una reforma agravada de la Constitución» lo que supondría «un referéndum del pueblo español en su totalidad»

Un grupo de juristas, en su mayoría profesores universitarios españoles, ha difundido una «declaración a favor del Estado de derecho» ya que «la presumible amnistía» que están preparando el PSOE y Sumar para los líderes del procés «rompe las reglas básicas de la convivencia democrática y del juego político». «Una amnistía política del alcance que se plantea en el debate actual requeriría, necesariamente, ser tramitada como una reforma agravada de la Constitución, y, por tanto, incluiría un referéndum del pueblo español en su totalidad», agrega el documento.
Así pues, este grupo de juristas ha difundido una misiva para hacer que el mundo del Derecho se posicione en contra de la amnistía. «Estimado/a jurista, le hacemos llegar el texto de la Declaración en defensa del Estado de Derecho, con la petición de que se responda el correo como muestra de adhesión a la misma. Esta Declaración es una iniciativa impulsada por profesionales del Derecho, en especial del ámbito académico, que prefieren omitir su nombre para evitar personalismos y facilitar la transversalidad y la pluralidad», señalan.
Igualmente, sostienen que «atacar las bases del Derecho no implica la vulneración de esta o aquella norma. Supone chocar abiertamente con la propia esencia de lo jurídico y de lo justo, que va de su mano, romper las reglas básicas de la convivencia y acercarnos como comunidad política a la degradación institucional, a la rendición y a la degeneración, cuando no directamente a la catástrofe».

La amnistía, contraria a la Constitución

Además, estos juristas inciden en que una futura ley de amnistía es contraria a la Carta Magna: «Como es sabido, la amnistía no aparece expresamente vedada en la Constitución. Sí se prohíbe el indulto general (art 62 CE). Sin embargo, parece claro que, si éste no se admite, a fortiori debe considerarse prohibida la amnistía, ya que ésta no solo perdona la pena, sino que tiene un alcance mucho mayor: se considera que no es delito la conducta por la que el reo fue condenado y extiende sus efectos a los sujetos que han sido juzgados, impidiendo la posibilidad de que lleguen a serlo».
«La naturaleza propia de la Constitución y su posición cúspide del ordenamiento jurídico tiene como consecuencia limitar jurídicamente el poder del legislador. Toda Constitución le confiere un margen de maniobra, pero este ámbito de discrecionalidad no permite que –a través del ejercicio del poder legislativo– se lleven a cabo mutaciones constitucionales o se abran procesos constituyentes, eludiendo la vía de la reforma constitucional», apunta la declaración.

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