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28 de abril de 2024

La presidenta del Congreso, Francina Armengol, en una imagen de archivo

La presidenta del Congreso, Francina Armengol, en una imagen de archivoAlejandro Martínez Vélez / Europa Press

El Supremo rechaza la querella de Vox contra Armengol por permitir las lenguas cooficiales en el Congreso

La Sala Penal del Tribunal no aprecia delito alguno en la celebración del pleno antes de que estuviera autorizado por el Reglamento

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite, al no apreciar delito alguno, una querella presentada por Vox contra la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, por permitir el uso de lenguas cooficiales en el Pleno de la Cámara Baja el pasado 19 de septiembre, antes de que estuviera autorizado por el Reglamento.
En un auto, la Sala explica que los hechos que se imputan, la autorización para que los parlamentarios no utilizaran de forma obligatoria el castellano y les fuera permitido el uso de otras lenguas oficiales del Estado, «tuvo lugar en un contexto de modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados para permitir esa situación». La modificación del Reglamento tuvo lugar dos días después, siendo aprobado en la nueva redacción la autorización en el Parlamento de lenguas distintas del español, tal y como señala el Supremo.
Añade que el hecho de que no estuviera expresamente autorizado en la sesión del día 19 de septiembre, «no significa que no pudiera autorizarse su utilización, en la forma en que fue utilizado, y de acuerdo a la modificación que iba a tener lugar dos días después».
Los magistrados indican que el delito de prevaricación, señalado en la querella, «exige que la acción imputada sea ilegal, injusta y arbitraria, que no se rellena por la mera contrariedad al derecho sino que es preciso que esa contrariedad al derecho sea una contrariedad a los principios y valores constitucionales.
La mera ilegalidad –afirma el Tribunal Supremo– es susceptible de ser corregida mediante la utilización de las normas de policía, incluso judicialmente, reponiendo la legalidad quebrantada, pero el delito de prevaricación exige un plus de contrariedad con la norma causante de una lesión de valores y principios constitucionales que en el hecho denunciado no concurre».

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