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27 de julio de 2024

Líderes Procés

EFE

Tribunales

El doble argumento del Supremo para paralizar la Ley de Amnistía con una cuestión prejudicial ante Europa

El Alto Tribunal tendrá que esperar a que se apruebe y publique el texto de la polémica norma antes de elevar la consulta, pero no será necesario que antes de ello se pronuncie el Constitucional

La admisión a trámite de la Proposición de Ley Amnistía por la Mesa del Congreso de los Diputados, para el borrado penal del procés, ponía en marcha el proceso de tramitación urgente de la norma que, de acuerdo con los plazos previstos, y a pesar del escollo del Senado, con mayoría absoluta del Partido Popular, podría estar entrando en vigor el próximo mes de marzo. A partir de entonces, se pondrá en marcha el contador para su aplicación práctica en todas las causas juzgadas, o todavía pendientes de serlo, relativas a delitos cometidos, desde 2013 y hasta la actualidad, antes, durante y después del referéndum inconstitucional del 1-O.

Llegado el momento, cada uno de los tribunales competentes, tendrán que analizar caso por caso si, con el texto definitivo de la ley en la mano, los procesados y condenados por delitos vinculados con el procés catalán, son susceptibles de acogerse a la norma aprobada por los socialistas y sus socios de legislatura, por ser la más favorable a sus intereses, sin perjuicio de que el Supremo, como órgano sentenciador de la pieza principal tendrá la última palabra.

A estas alturas, todo apunta a que el Alto Tribunal planteará una doble consulta sobre la validez de la amnistía antes de aplicarla. Y ésta será tanto en clave interna –con una cuestión previa de inconstitucionalidad ante el TC– como externa –a través de la prejudicial ante el Tribunal Europeo de Justicia (TJUE)– y ambas tendrán efectos suspensivos. Es decir, ni Carles Puigdemont podrá volver a España sin ser detenido, ni Oriol Junqueras y los suyos podrán presentarse a las próximas elecciones autonómicas como habían calculado en un principio.

Dos razones para preguntar a Europa

El argumento del Alto Tribunal español para elevar una consulta sobre la legalidad del texto acordado entre Pedro Sánchez y los separatistas de Junts y Esquerra (ERC), a cambio de los votos necesarios para su investidura, es doble. Por una parte, el hecho de que algunos de los delitos comprometidos por la maniobra normativa afectan, de manera transversal, como el terrorismo y la corrupción política en forma de malversación, al Derecho comunitario. Y de ahí el profundo malestar del independentismo con la decisión del magistrado instructor de Tsunami Democrátic, también de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, de imputar a Puigdemont por el primero de ellos.

Por otra, la necesidad de que la aplicación de la Ley de Amnistía quede temporalmente paralizada, sin desplegar ningún efecto, hasta que la Justicia europea se pronuncie al respecto. Un escenario en el que, además, no es necesario que el Supremo se dirija antes al Constitucional y que haya una sentencia definitiva a nivel nacional.

De hecho, la doctrina vigente del Pleno del TC, dictada en un auto unánime de octubre del año 2016, determinó que en aquellas causas en las que una norma pueda verse afectada por dudas de inconstitucionalidad, al mismo tiempo en que lo hace sobre su compatibilidad en el ordenamiento de la UE, el orden a seguir por los magistrados competentes debe ser el de la jurisdicción europea frente a la de la Corte de Garantías que preside el magistrado Cándido Conde-Pumpido, actualmente.

Además, a ello se suma que, en la última semana, en un decreto-ley por el que el Gobierno se aprobó medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, se recogía además, por escrito, el efecto suspensivo que sobre la amnistía tendrá la presentación de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Lo que en la práctica ya se estaba llevando a cabo en base a la propia doctrina comunitaria cuenta, ahora, paradójicamente con el aval del mismo Ejecutivo que apoyará parlamentariamente la aprobación del texto. Un camino despejado, por partida doble, a la labor del Supremo.

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