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04 de mayo de 2024

José Enrique Abuín, alias El chicle

José Enrique Abuín, alias El chicle

Tribunales

El Supremo confirma 14 años de cárcel para 'El Chicle' por violar a su cuñada cuando era menor de edad

La Sala Segunda del Alto Tribunal ha notificado el fallo firme dictado contra José Enrique Abuín, ya en prisión permanente revisable por la desaparición y asesinato de Diana Quer

El Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña que condenó a José Enrique Abuin Rey, alias 'el Chicle', a una pena de 14 años de cárcel por agredir sexualmente a su cuñada, Vanessa, en 2005, cuando era una menor de edad de 17 años. Abuín, que actualmente ya se encuentra en prisión permanente revisable por el asesinato de la joven madrileña Diana Quer, en Galicia, en verano de 2016.
El Tribunal que ha estado formado por los magistrados Andres Martínez Arrieta (Presidente), Andres Palomo, Pablo Llarena, Vicente Magro (ponente) y Leopoldo Puente ha destacado en su fallo que «a diferencia de lo que su víctima padeció» tras la violación, el recurrente, como también había destacado la sentencia dictada por la Audiencia coruñesa, «pudo continuar su vida sin influencia ninguna del procedimiento» que permaneció archivado durante mucho tiempo.
La Sala Segunda del TS considera adecuado el resultado de la resolución, ahora firme, dictada contra él en la anterior instancia, sin que concurran nuevas circunstancias atenuantes para estimar el recurso de casación presentado por su defensa. De hecho, el Tribunal argumenta, en una pormenorizada sentencia de 18 páginas que no se da la «cuasi prescripción» de los hechos ocurridos que su representación letrada utiliza par pedir una rebaja de la sanción impuesta.
«Entiende el recurrente que el tiempo transcurrido desde el 17 de enero de 2005, fecha en que se denunciaron los hechos ocurridos el anterior día 16, hasta la fecha de reapertura del procedimiento que los investigó, 30 de enero de 2018, permite reclamar la aplicación de la atenuante con una doble base, la vinculación del instituto de la prescripción con el olvido social del delito y la seguridad jurídica, y el principio de proporcionalidad en la individualización de la pena a aplicar», recoge la Sala de lo Penal en su fallo.
Sin embargo, en base a la jurisprudencia de la propia Sala, sólo se ha estimado esta posibilidad «en algunos precedentes» como «respuesta obligada a aquellos casos en los que el tiempo de interposición de una denuncia se ralentiza por el perjudicado, como estrategia de presión en la búsqueda de una solución negociada que evite la interposición de una querella». Algo que no ha sucedido en este caso.
Así las cosas, según consta en el relato inmutable de los hechos probados, 'el Chicle' convenció a su entonces cuñada, menor de edad, para llevarla en coche al instituto, pero se desvió del trayecto hasta detener el turismo en un parque del término municipal de Lousame (A Coruña) antes de llegar a su destino.
Una vez allí, le cogió el teléfono móvil, cerró el coche, la intimidó con un arma blanca y la obligó a mantener relaciones sexuales. A continuación, la dejó en las inmediaciones del instituto, «no sin antes advertirle de que, si lo denunciaba, mataría a su hermana, a su hija (sobrina de la víctima) y luego iría a por ella y a por sus padres». Y le aseguró que lo merecía por «chivata», en referencia a que la menor, ya en julio de 2004, le había contado a su hermana gemela con la que estaba casado, que su marido le había tocado el pecho por encima de la ropa.
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