Consejo Fiscal Extraordinario
García Ortiz busca renombrar al fiscal jefe de Baleares anulado por el Supremo tras darle una comisión de servicio a su pareja
Álvaro García Ortiz ha convocado un Pleno en el que tendrá que someter la designación al filtro del Consejo Fiscal en la posible incompatibilidad del candidato para el cargo, que ocultó en la anterior ocasión
Por tercera vez consecutiva desde que Álvaro García Ortiz es fiscal general del Estado, hace unos días, el Supremo anulaba el nombramiento de Julio Cano como fiscal superior de Baleares. La Sala Tercera del Alto Tribunal aceptaba el recurso que planteó otro de los fiscales que aspiraban al cargo, el responsable de Menores, José Díaz, tras detectar un defecto en la tramitación de la designación, a través del cual, el Consejo Fiscal no llegó a pronunciarse sobre una posible incompatibilidad de Cano, que mantiene una relación sentimental con otro miembro de la Carrera, también destinado en Palma y, por lo tanto, jerárquicamente dependiente de él.
García Ortiz confía en salvar este escollo, en el Pleno extraordinario que ha convocado esta mañana, tras buscar una salida al novio del fiscal elegido para el cargo, en una comisión de servicio en el Ministerio de Justicia, desde el pasado mes de julio de 2023, que se creó apenas a unos días de las últimas elecciones generales. Pese a que el movimiento se produjo antes de la elección de Cano, por parte del fiscal general, lo cierto es que su situación previa, y relevante, no fue comunicada como correspondía al CF que debió emitir su posición.
Un nuevo desajuste que, en este caso, «era responsabilidad inequívoca de la Inspección Fiscal» a quien el propio aspirante Cano informó de su circunstancia familiar y que consultó, expresamente, si la misma podría perjudicar a su ascenso.
No en vano, la sentencia del Supremo declaró probado que la Fiscalía General del Estado (FGE) conocía esa relación afectiva porque el propio Cano pidió un informe a la Inspección Fiscal sobre la misma. Como fiscal, era consciente de que corresponde a dicho órgano emitir un dictamen con la validez de cada uno de los aspirantes a un cargo discrecional. Sin embargo, ese «detalle formalmente relevante» no llegó a la mesa del Consejo Fiscal cuando abordó el nombramiento. «La inspección fiscal debió hacer indicación de esa circunstancia o, cuanto menos, trasladar esos hechos a la reunión» de los vocales, recoge el fallo de la Sala Tercera.
Así las cosas, el Supremo dejó claro que la elección, y posterior designación, del perfil elegido por García Ortiz no debió producirse sin que el CF decidiese si existía una incompatibilidad, como marca el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF). Y, de hecho, la resolución del Alto Tribunal aludió a la comisión de servicios que obtuvo el fiscal que provocaba la posible incompatibilidad.
Es más, aunque un par de días antes de que las candidaturas fueran valoradas por el Consejo, la pareja del fiscal Cano pasó a ocupar una plaza temporal en Justicia, tampoco esta cuestión fue notificada al Consejo. Según ha podido saber El Debate, la deliberación de este martes pivotará sobre este extremo ya que, como sostuvo en su momento la Abogacía del Estado en su contestación a la demanda y como defenderá García Ortiz, con ello se salva la posible incompatibilidad.
Sin embargo, no todos los consejeros podrían tener tan claro este planteamiento. Entre otras cosas porque «habría que determinar muy bien cómo se evitaría que, una vez finalizada la comisión de servicio, la pareja vuelva a la situación de partida en el que uno de ellos es el superior jerárquico directo del anterior».
Por su parte, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ya puso objeciones a dicha comisión de servicios porque, igualmente, no pasó por los filtros correspondientes: de nuevo «resultó obviada una competencia del Consejo Fiscal. Competencia que, en este caso, está directamente conectada con la referida a la facultad de resolver la posible concurrencia de la causa de incompatibilidad».
De esta manera, la decisión del Supremo reintegró la jefatura de la Fiscalía en las Islas a la fase del concurso, en el momento de valorar la validez de los tres candidatos que optaron al cargo: Cano, Díaz Cappa y el entonces fiscal superior, Bartomeu Barceló.
El primer trámite, según la sentencia, tal y como está previsto en la agenda de esta jornada, pasará por determinar si Cano puede presentarse o no al cargo en el que ha permanecido desde su elección, en julio de 2023, hasta el fallo del Alto Tribunal anulándola por esa posible incompatibilidad.
El Consejo Fiscal tendrá la última palabra. Si la mayoría aritmética de los vocales -3 natos (el propio García Ortiz, su número dos, Ángeles Sánchez Conde; y, la Inspectora Fiscal) y 2 de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), 6 de la Asociación mayoritaria de Fiscales (AF) y 1 de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF)- no apoya la propuesta de Cano, García Ortiz tendrá que decantarse por otro de los fiscales que concurren al puesto.
El Supremo ha anulado otros nombramientos llevados a cabo por el fiscal general en dos ocasiones anteriores. Tanto el que afectaba a la anterior fiscal general, Dolores Delgado, en su ascenso a la primera categoría del escalafón como fiscal Togada de lo Militar, como en su posterior promoción al cargo de fiscal de Memoria Democrática y Derechos Humanos, creado para ella ad hoc.