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Entrada del centro penitenciario Álava, en el día de la presentación del documental de EiTB 'Historias de la cárcel', en el centro penitenciario de Zaballa, a 4 de mayo de 2022, en Nanclares de la Oca, Álava, Euskadi (España). El documental recoge el día a día de los internos e internas, indaga en las causas que les llevaron a la cárcel, en sus problemas, preocupaciones y también en los sueños de futuro.
04 MAYO 2022;ESPETXEA ARABA;
Iñaki Berasaluce / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
04/5/2022

Entrada del centro penitenciario de Zaballa, en Álava, donde se concentran la mayor parte de los etarras encarceladosEuropa Press

El artículo 100.2 que se aprovechó en el 'procés' y que está sacando a los etarras de la cárcel

Covite pregunta a la Audiencia Nacional cuántos terroristas se benefician de esta trampa legal

El sanguinario etarra Juan Carlos Iglesias Chouzas 'Gadafi', igual que el asesino del concejal socialista de Orio, Juan Priede, Unai Bilbao, disfruta desde hace alrededor de un mes de una semilibertad gracias a un artículo del Reglamento Penitenciario que trata de esquivar las incompatibilidades del tercer grado, el que sí permite permanecer fuera de la cárcel salvo para dormir.

Sin embargo, ni 'Gadafi' ni Unai Bilbao son, ni mucho menos, los únicos presos que se benefician de este «tercer grado encubierto», como lo definió la Fiscalía de Cataluña respecto a los presos del procès. Otros etarras que no cumplen los requisitos mínimos para obtener el tercer grado disfrutan de la aplicación de este artículo que, a efectos prácticos, supone un tercer grado.

«Es otra trampa más al Estado de derecho para favorecer a los asesinos de ETA y que salgan de la cárcel cuanto antes», afirmaba este sábado el Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco (Covite). Y es que, alrededor de la mitad de los presos que actualmente se encuentran todavía cumpliendo condenas disfrutan ya del tercer grado.

Y, ahora, a través de las exclusivas de El Debate, se ha visto que muchos de esos que todavía no tienen asignado el tercer grado, lo disfrutan ya de facto. Es el pago que tiene que hacer el Gobierno de Pedro Sánchez si quiere que los seis votos de Bildu aprueben sus leyes y presupuestos. Ya lo dijo Otegi en octubre de 2022, «tenemos 200 presos. Si para que salgan a la calle tenemos que taparnos la nariz y votar los presupuestos, los votaremos».

Estos no son los primeros terroristas a los que se le aplica el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario. Con anterioridad etarras como Belén González Peñalva, Juan José Rego Vidal, José Luis Elkoro o José Ignacio de Juana Chaos ya han tenido aplicado este artículo. Pero siempre se ha tratado por enfermedades graves. Incluso en estos momentos hay presos que, por enfermedad se les aplica este artículo, pero también a otros muchos que están perfectamente sanos.

Los implicados en el 'procés'

Así pues, aunque ya se había aplicado en alguna ocasión, el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario se hizo famoso y, en muchos casos, nació entre los ciudadanos, en 2020 cuando fue aplicado a los 9 condenados por el procés catalán. Quien no tenía trabajo, colaboraba voluntariamente en alguna ONG. Y a eso se agarran también los etarras. Porque para darles trabajo o alguna actividad que les permita salir de prisión, sus partidos y asociaciones son especialistas.

En cuanto le fueron entregadas las competencias en materia penitenciaria, el Gobierno Vasco creó una agencia, 'Aukerak' que se encarga precisamente de eso, de buscar trabajo a los presos. Aunque, si hay una organización que se ha convertido en una auténtica oficina de empleo para etarras es su propio partido, Sortu.

Sin embargo, estos trabajos y ocupaciones no fueron suficientes para los políticos golpistas catalanes. El propio Tribunal Supremo revocó los terceros grados que les concedían conforme cumplían el primer cuarto de condena. Pero también eliminó el 100.2 para el resto de presos que, como no cumplían los mínimos requisitos para el tercer grado, se les aplicó para que pudieran salir de la cárcel. Parecía que el artículo 100.2 se había creado específicamente para los políticos catalanes presos.

En el auto del Supremo de diciembre de 2020, el tribunal explicaba que se revocaba este privilegio «por la falta de conexión de un programa de tratamiento de ese tipo con un proceso de reinserción de los delitos cometidos», es decir, que no concordaba el trabajo con la reinserción por el delito cometido.

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