Los expedientes archivados sobre las cámaras ocultas en las saunas de la familia de Begoña Gómez
Exclusiva
Protección de Datos archivó dos denuncias por cámaras ocultas en saunas del suegro de Sánchez cuando la presidía un allegado suyo
Artemi Rallo, diputado del PSOE en el Congreso, archivó durante su etapa como director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dos denuncias presentadas por la Policía Municipal de Madrid por la existencia de cámaras de videovigilancia ocultas en el interior de dos saunas de la familia de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En aquel momento, 2010 y 2011, Sánchez ya era diputado en la Cámara Baja y Rallo ocupaba un alto cargo tras haber sido nombrado directamente por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El Debate reproduce hoy en exclusiva los argumentos que esgrimió Rallo, al que Sánchez encargó años después defender la Ley de Amnistía, para dar carpetazo a la denuncia contra los negocios de ocio nocturno de su familia política.
Ambas denuncias fueron desestimadas mediante resoluciones firmadas por el propio Rallo, que dio por válidas las explicaciones del propietario de los establecimientos sin realizar inspección alguna adicional. Los locales eran las saunas Azul y Princesa, gestionados de manera conjunta por Sabiniano Gómez, padre de la mujer de Sánchez, y por Francisco Enrique su hermano. El expediente, relativo a Azul, arranca con una advertencia clara por parte de la Policía: «Se ha comprobado que poseen videocámaras sin disponer de la preceptiva autorización».
La sauna Azul, en el centro de Madrid, donde se encontraron cámaras ocultas
Es decir, durante la inspección del local, los agentes municipales constataron que las cámaras funcionaban de forma ilegal. A partir de ese momento, la Protección de Datos abrió diligencias pero se limitó a solicitar información a los propietarios. Estos respondieron que «solo hay una cámara instalada en el forjado del techo del hall de entrada al local» supuestamente destinada a «la seguridad de los asistentes mediante la prevención de actuaciones delictivas». El expediente recoge también que los responsables aportaron fotos del cartel informativo, un plano del lugar y formularios informativos. Sin más pruebas, y sin una inspección directa, Rallo concluyó: «Del examen de la documentación […] se constata que el sistema de videovigilancia instalado […] reúne los requisitos […] por lo que no se aprecia la existencia de infracción a la Ley Orgánica de Protección de Datos».
Este archivo es especialmente llamativo dado que el procedimiento se había iniciado por una denuncia policial y que el local implicado tenía un historial oscuro relacionado con explotación sexual masculina. El expediente relativo a Princesa es aún más grave. En este caso, la Policía constató la existencia de seis cámaras de videovigilancia y especificó que el local «no presentó los documentos previstos en el artículo 5.1 de la Ley». Ese artículo obliga a informar adecuadamente a las personas grabadas con detalles claros sobre quién es el responsable del fichero, cómo ejercer sus derechos y con qué finalidad se captan las imágenes. La falta de esta documentación es una infracción directa.
Exterior de la sauna Princesa, donde la Policía también halló cámaras ocultas
Los inspectores de Protección de Datos no acudieron al local. En su lugar, bastaron las alegaciones del responsable, que aseguró tener «cuatro cámaras: una en el hall, dos en la zona de caja y una en la salida de emergencia». También indicó que el acceso a las grabaciones era exclusivo del propietario y que «las cámaras graban imágenes en un disco duro durante 10 días y luego se eliminan automáticamente». Pese a las irregularidades iniciales detectadas por la Policía y a la existencia de múltiples cámaras en un local con zonas privadas y sensibles, Rallo volvió a cerrar el expediente: “El sistema de videovigilancia […] reúne los requisitos anteriormente descritos, por lo que no se aprecia la existencia de infracción a la Ley", acordó.
Se benefició «a título lucrativo»
El Debate publica hoy en exclusiva estas resoluciones después de que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, acusara a Pedro Sánchez en el Congreso de haber vivido «a título lucrativo» de los beneficios generados en esos locales. «¿De qué prostíbulos ha vivido usted? Ha sido partícipe del abominable ejercicio de la prostitución y ahora quiere prohibirla», lanzó el jefe de la oposición. En su segunda intervención, insistió: «Sánchez vive de las rentas del ejercicio de la prostitución». También recordó que, hasta 2018, el presidente del Gobierno vivía en un piso pagado por su suegro, el empresario de las saunas.
Este periódico ya desveló el historial judicial y policial que arrastra la red de negocios de la familia política de Sánchez. Durante décadas, los Gómez Serrano explotaron una red de prostíbulos camuflados como saunas, bares de copas y hostales, con episodios que incluyen condenas firmes por coacciones sexuales, operaciones policiales contra la trata de seres humanos, explotación de mujeres extranjeras sin papeles y una muerte accidental por electrocución en una instalación defectuosa. Uno de los casos más graves se produjo en el club Kilómetro 80, propiedad del tío de Begoña Gómez. En 2016, una mujer rumana denunció estar secuestrada en el interior del prostíbulo. Fue liberada por la Brigada Central contra la Trata de la Policía Nacional tras una alerta diplomática, y el caso llegó hasta el Tribunal Supremo.
La víctima relató que fue obligada a prostituirse bajo amenazas de muerte, y durante el registro policial se hallaron drogas, armas blancas y material para el control de las mujeres. El encargado del local —empleado de la familia Gómez— fue condenado por coacciones sexuales. Hoy, el club opera reconvertido como hostal rural. Francisco Enrique Gómez también fue sancionado por explotar laboralmente a once prostitutas extranjeras sin contrato ni papeles. Inspección de Trabajo calificó su situación como explotación encubierta y multó con más de 66.000 euros a la empresa familiar San Bernardo 36 SL. Las mujeres vivían en el local y trabajaban diez horas diarias sin cobertura legal alguna.
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