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El magistrado Jaime Lozano

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Entrevistas Jurídicas

El magistrado Jaime Lozano: «El Congreso no tiene miedo a actuar fuera de la Constitución porque el TC no la impone»

El jurista mallorquín analiza, en exclusiva para El Debate, la situación de la Justicia española, las reformas del Gobierno y el futuro de la ley de amnistía que está siendo revisada por la Justicia europea

Jaime Lozano (Zaragoza, 1967) es licenciado en Derecho por la Universidad de las Islas Baleares, donde se crio, y accedió a la carrera judicial en marzo de 1994, sirviendo primer destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcaraz, posteriormente en el TSJ de Andalucía y finalmente en el TSJ de Castilla-La Mancha. Es, además, vicepresidente de la Plataforma Cívica para la Independencia Judicial.

- La amnistía llegaba antes de verano a Europa entre críticas de la Comisión que ya apunta a una ley creada a cambio de una «transacción política»…

- Centrándonos en la cuestión prejudicial europea que está ahora mismo en trámite, que es la planteada por el Tribunal de Cuentas, debemos ser cautelosos a la hora de valorar el informe de la Comisión emitido ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) el pasado 15 de julio. Aunque contiene apreciaciones muy contundentes sobre la aparente incompatibilidad de la ley de amnistía con determinados principios del derecho europeo, es preciso tener en cuenta que la Comisión considera que el TJUE solo deberá entrar en el análisis de estos extremos en caso de que, antes, se concluya que hay afectación a los «intereses financieros de la Unión»; y, hay que decirlo sin rodeos, la Comisión no ve esa afectación clara.

Hecha esta advertencia previa, que es fundamental para evitar posibles decepciones futuras, el informe de la Comisión Europea es un soplo de aire fresco por la naturalidad y franqueza con la que se ataca el núcleo del problema: la ley de amnistía no responde a los fines de interés general expresados en su exposición de motivos, sino a otros muy diferentes: se trata de un precio a cambio de apoyo político para una investidura, y además incluye una autoamnistía. La franqueza con la que la Comisión lo afirma es especialmente refrescante, si se me permite la expresión, después de que el Tribunal Constitucional español, en un ejercicio de descarnado cinismo jurídico, haya patrocinado la idea de que las razones expresadas en la exposición de motivos de la ley son las únicas a las que cabe atender, y eso incluso cuando la propia sentencia del TC prácticamente llega a reconocer que tales razones no son verdaderas. Por fin alguien con autoridad institucional, la Comisión, ha dicho lo que todos veíamos claro: que el emperador anda desnudo y que la ley de amnistía es un artefacto averiado, inmoral y desde luego también inconstitucional, lo quiera reconocer o no nuestro TC.

Habremos de estar pendientes de la sentencia del TJUE, que se prevé para diciembre, y del resto de cuestiones que están planteadas por la Audiencia Nacional, que podrían dar lugar a nuevas perspectivas sobre el problema. Desde luego, tengo la seguridad de que si el TJUE no llega a repudiar la ley, ello será solamente por no hallar la necesaria «conexión europea» con la protección de los fondos europeos o con otros posibles títulos que le atribuyan la necesaria competencia, y no porque la ley no repugne a cualquier sensibilidad jurídica medianamente formada, como el informe de la Comisión demuestra con total claridad.

- ¿Considera que el TC se ha precipitado resolviendo el primero de los recursos antes de la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea?

- El TC ha actuado con una urgencia muy reveladora de los motivos políticos que subyacen a su decisión. Los votos particulares expresan de forma muy clara las irregularidades procesales del caso y la negativa del presidente a una consideración más pausada, pese a la importancia de lo decidido. Los cientos de personas que esperan durante años la resolución de sus asuntos ante el TC tienen derecho a saber cuál es el criterio temporal para el señalamiento de asuntos en ese órgano, porque dicho criterio parece distar mucho de estar claro. Este no es un mal que afecte solamente al actual TC: recordemos que sentencias como la de la del aborto tardaron más de diez años en dictarse, sin que se diera la más mínima explicación al respecto. El TC no debería considerarse más allá de las normas procesales que le obligan ni confundir estar en la cúspide del sistema español con poder actuar con arbitrariedad.

Especialmente llamativa es esta urgencia en resolver a la vista de la pendencia de varias cuestiones prejudiciales europeas. El TC ha mostrado una evidente desconsideración institucional al no aguardar a la resolución de tales cuestiones, haciendo caso omiso del principio de supremacía del derecho europeo sobre el interno, incluso constitucional. Afirmar que lo que examina el TC no es lo mismo que lo que examina el TJUE es un claro ejercicio de hipocresía jurídica, dado que los principios y valores que el TJUE puede llegar a tomar en consideración para resolver, consagrados en los textos europeos, son en buena medida semejantes a los que lucen en nuestra Constitución y que ha de aplicar el TC.

El TC no tiene consideración alguna siquiera hacia sí mismo, porque se coloca innecesariamente en la posición de ser desautorizado en sus razonamientos por una instancia europea, añadiendo un nuevo baldón de desprestigio a los que va acumulando ya en los últimos tiempos de manera muy alarmante y probablemente irreversible.

La ley de amnistía es un artefacto averiado, inmoral y desde luego, también, inconstitucional, lo quiera reconocer o no nuestro TC

- ¿Es la Corte actual un brazo ejecutor de las decisiones del Gobierno que la renovó a medida de lo que estaba por llegar?

- Aunque la designación de los miembros del TC ha sido siempre de naturaleza política, por establecerlo así la Constitución, nunca, hasta la actual composición, se había disimulado tan poco a la hora de nombrar personas con una vinculación política tan íntima, inmediata y concreta con el poder de turno. Estamos asistiendo, por ejemplo, al triste espectáculo de ver cómo un ministro del mismo gobierno que declaró el estado de alarma dicta, como ponente, una sentencia sentando doctrina sobre la cuestión. Ministros y directores generales pasan casi sin solución de continuidad a incorporarse al TC. Y la actuación de este no deja lugar a dudas sobre la voluntad de complacer los objetivos políticos del gobierno.

Hay que poner en conexión la sentencia de los ERE con la que enmienda la doctrina sobre los estados de alarma y con la sentencia de la ley de amnistía, para comprobar hasta qué punto se está produciendo una ominosa deriva en el TC a favor de la incontrolada libertad del poder político y en contra de los derechos de los ciudadanos. El TC abdica de su función de someter el poder a la Constitución y atenúa gravísimamente las garantías que protegen a los ciudadanos frente a su arbitrariedad.

En particular, en la sentencia de la amnistía puede observarse una peligrosísima tendencia a desdibujar la fuerza normativa de las reglas constitucionales, llegando a hacer que principios como el de igualdad o el de separación de poderes pierdan sus contornos y queden sujetos a la posibilidad de ser excepcionados sobre la base de cualquier justificación que al legislador le parezca bien esgrimir. Se está abriendo el camino a un régimen de soberanía parlamentaria absoluta desligada de límites constitucionales, tal y como existían antes del constitucionalismo de la segunda mitad del s. XX.

- Hay no pocas voces que han afeado al TC las correcciones de la Sala Segunda del Supremo, ¿cree que se está extralimitando en sus funciones?

- No hay ninguna duda sobre esta extralimitación. Es paradójico -e inquietante- que mientras que en la sentencia de la amnistía el TC degrada las reglas constitucionales hasta hacerlas irreconocibles, sin embargo, en las sentencias de los ERE adopta una interpretación exorbitante y maximalista del artículo 25 de la Constitución (principio de legalidad penal) que parece habilitarle para convertirse en un verdadero tribunal de apelación penal… ciertamente, solo en aquellos casos selectos en los que así le interesa hacerlo.

Por esta vía el TC podría entrar a desautorizar al TS en cualquier interpretación que haga de la ley penal, asumiendo tareas que exceden manifiestamente de las funciones del primero. Por cierto, será esta misma vía la que el TC utilice si desea enmendar la doctrina del TS sobre la no aplicación de la ley de amnistía, tal como está redactada, al delito de malversación. Interpretación que, debe dejarse claro, no es ningún «invento» del TS para este caso concreto, sino simple aplicación al caso de una doctrina consolidada y tradicional sobre el delito de malversación de caudales públicos.

El TC ha abdicado a de su función de someter el poder a la Constitución atenuando gravísimamente las garantías que protegen a los ciudadanos frente a su arbitrariedad

Las sentencias de los ERE tienen por cierto otros efectos inesperados. Las recientes noticias sobre la manipulación de las leyes para beneficiar a determinados grupos económicos durante la etapa del ministro Montoro podrían llegar a carecer de repercusiones penales de ninguna clase si se aplican principios tan inquietantes como los que el TC está sentando en su última jurisprudencia.

- Usted ha llegado a criticar que hemos entrado en una etapa de «uso alternativo del Derecho Constitucional».

- No se me ocurre otra forma de expresarlo. Tengamos en cuenta que los redactores de la STC sobre la ley de amnistía provienen de la tradición jurídica del «uso alternativo del derecho», doctrina sumamente discutible en sí misma, pero que resulta definitivamente muy peligrosa cuando se pone al servicio no ya de la promoción de grupos sociales desfavorecidos -que es lo que estuvo en su origen- sino de la adaptación de los principios constitucionales a los deseos del poder. No olvidemos que la amnistía fue unánimemente considerada inconstitucional hasta que al gobierno le pareció un instrumento útil para sus objetivos políticos más cortoplacistas. En ese momento, el TC la declara constitucional en contra de toda la doctrina y de la lógica jurídica más elemental.

Hay una larga tradición de juristas que han querido convencer de lo inaceptable cuando lo inaceptable es lo que desea el poder político del que penden sus carreras, y nos podríamos remontar a las mixtificaciones jurídicas que personas como Wolsey, Cromwell o Cranmer o trataron de hacer pasar por mercancía sana para tratar convencer a Inglaterra de que Enrique VIII podía divorciarse legítimamente de Catalina. Hay que confiar en que juristas como Moro sigan denunciando semejantes juegos de manos supuestamente jurídicos y que no por eso pierdan la cabeza.

- ¿Cómo poner fin a este tipo de situaciones? ¿Hay algún contrapeso?

- El sistema no está diseñado para que personas que no reconocen límites éticos, políticos o jurídicos ocupen las principales magistraturas del país. Tenemos un parlamento sin miedo a actuar al margen de la Constitución, porque sabe que el TC ha renunciado a imponerla. Siendo así, el sistema, tal como lo conocíamos, evidentemente colapsa.

Si la conciencia individual de los diputados no es suficiente para que no voten cualquier cosa que se les ordene desde el partido, no veo solución posible. Cuando el sistema partitocrático que ha invadido las estructuras del Estado se combina con el acceso al gobierno de personas obsesionadas con el mantenimiento de su poder personal a todo trance, el resultado es el que estamos viendo. Soy pesimista, porque las reformas deberían provenir de los propios partidos que se benefician del sistema.

- ¿Cómo valora el Plan del Gobierno para la reforma de la Justicia?

- Las leyes promovidas por este gobierno nunca responden a lo que su título indica. Una de las mayores anormalidades jurídicas nunca vistas en España, la ley de amnistía, se titula para la normalización institucional, política y social. Y el proyecto de ley que quiere modificar las carreras judicial y fiscal se dice que es para su fortalecimiento, de modo que ya podemos saber cuál es su verdadera intención.

La última noticia es que se quiere también alterar el sistema de acceso de los altos funcionarios, por supuesto en la dirección de acrecentar la oscuridad del proceso y las posibilidades de su control arbitrario. Esto es especialmente grave cuando se puede comprobar, por los recientes casos de corrupción en la contratación pública, que la función administrativa es permeable a las presiones de los políticos. Pues bien, aún se la quiere hacer más permeable.

La reforma de la justicia pretende eliminar aquellos mecanismos que, gobernase el partido que gobernase, han permitido controlar al poder. Por un lado, se elimina el juez individual y se le integra en «Tribunales de instancia» más fácilmente manipulables. Por otro, se modifican las formas de acceso para tratar de alterar la base sociológica de la carrera, desde el escandaloso prejuicio de que los que la conforman son todos hijos de ricos y por tanto de derechas. Además, se atribuye la instrucción de los delitos a la fiscalía sin dotarla de independencia alguna. Por último, se elimina la acción popular, que ha sido un instrumento clave en casos como el de los Gal, Filesa, Gürtel, Nóos y muchos otros.

Hay un plan perfectamente trazado que nos va a conducir, si culmina, a un régimen descontrolado y por tanto autoritario: un TC complaciente con el poder político hasta límites inimaginables hace unos años; la desactivación de los altos cuerpos de funcionarios, los cuales que suponen un importantísimo primer muro de contención frente a la tendencia a la ilegalidad del poder público; y la eliminación de los mecanismos de control judicial que mejor han funcionado en el pasado. El panorama es muy inquietante y sería merecedor, sin duda, de la intervención de la UE a nivel político, como hizo en los casos de Polonia y Hungría.

La reforma del Gobierno sobre la Justicia pretende eliminar aquellos mecanismos que, gobernase el partido que gobernase, hasta ahora, han permitido controlar al poder

- Por el momento, el doble proyecto no ha salido adelante por la falta de apoyos parlamentarios...

- Esto es una buena noticia entre otras cosas porque da margen a las asociaciones judiciales para proseguir en septiembre con nuevas movilizaciones. A mi juicio, se impone la necesidad de convocatorias de huelgas de jueces y fiscales que sean significativas en cuanto a su duración.

- ¿Cuáles serían las tres exigencias básicas en materia de independencia judicial para un próximo Gobierno?

- Si en el futuro tenemos un gobierno del Partido Popular lo primero que habría que pedirle es que no incumpla por tercera vez todo lo que prometió en el pasado en materia de independencia judicial.

Aunque el actual gobierno ha superado todos los límites imaginables, no podemos olvidar que el PP ha sido también autor de medidas tendentes a limitar la independencia judicial y su capacidad de controlar al poder. No solo tuvo en elaboración una ley de enjuiciamiento para atribuir a los fiscales la instrucción de las causas, sino que limitó la duración máxima de la instrucción penal, dificultando enormemente la investigación de los casos de corrupción; esta norma es precisamente la que finalmente permitió a Carles Puigdemont zafarse de la acusación de terrorismo. También dio los primeros pasos en el establecimiento de una organización judicial que elimina el control de los jueces sobre su propia secretaría y juzgado. Además de todo ello, y por dos veces, incumplió su compromiso electoral, moral y político de adecuar el sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a lo que establece la Constitución, esto es, la elección de doce de sus miembros por los propios jueces y magistrados.

Así que lo primero que habría que pedir a un gobierno del PP es que sea mínimamente coherente con aquello que predica cuando está en la oposición.

Dicho esto, cuando se pregunta sobre las tres medidas a tomar en caso de un cambio de gobierno, hemos de partir de que los proyectos del actual gobierno no hayan culminado, pues, de hacerlo, habrá que revertir mucho más que tres aspectos. En caso de que la situación sea la que tenemos a fecha de hoy, y ojalá así sea, los tres aspectos que deberían ser exigencias básicas en materia de justicia serían, a mi juicio, estos:

1) Elección de la mitad de los miembros del CGPJ por los jueces y magistrados y establecimiento de un sistema reglado y tasado para que ese Consejo elija a su vez a los magistrados del TS. El actual sistema de designaciones discrecionales de ciertos cargos judiciales es uno de los peores males que afligen a la carrera judicial.

2) Prohibición definitiva de reingreso en la carrera judicial o fiscal, o de acceso al TC o a la Fiscalía, de personas que hayan ocupado cargos de elección o designación política.

3) Reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal para dotar a la institución de verdadera independencia.

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