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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García OrtizEuropa Press

García Ortiz impone su criterio a espaldas de la Audiencia Nacional y autoriza a Dolores Delgado a investigar Gaza

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dado el visto bueno a la petición de la fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, para investigar los «crímenes» sucedidos en Gaza por parte de Israel. Eso sí, en el escrito, señala ya hacia dónde debe ir esa investigación. «Los hechos que se describen serían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, constitutivas de crímenes previstos en los artículos 607 (genocidio) y siguientes del Código Penal», afirma Álvaro García Ortiz respecto al informe aportado por Dolores Delgado y para cuya elaboración utilizó a la Policía Nacional.

De esta forma, García Ortiz contradice la postura apuntada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que ha rechazado investigar al primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, por crímenes de Lesa Humanidad en el abordaje al barco en el que navegaba Greta Thunberg el pasado mes de junio.

Delgado pidió investigar Gaza tras recibir «un informe de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional relativo a las acciones del ejército israelí contra la población civil en la Franja de Gaza que podrían ser contrarias al Derecho Internacional, investigación desarrollada en el marco de la 'Operación ELIAT'».

Según detalla el decreto, Delgado «procedió a analizar la información contenida en el informe elaborado por la unidad operativa, relativo, entre otros aspectos, al testimonio de testigos protegidos, y en el que también se aportan importantes elementos probatorios sobre las acciones y circunstancias en el terreno».

En su respuesta, el fiscal general ordena remitir a Alonso el informe de la Comisaría General de Información «al objeto de incoar las correspondientes diligencias de investigación preprocesal, las cuales serán comunicadas a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), a la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) y a la fuerza policial actuante».

En segundo lugar, acuerda «crear un equipo conjunto de investigación» formado por Alonso y Delgado, «que actuarán colegiadamente, con la participación del fiscal de sala coordinador de Cooperación Internacional», Francisco Jiménez-Villarejo, «en aquellas actuaciones que se practiquen en dicho ámbito».

Según las fuentes jurídicas consultadas, el objetivo de estas pesquisas es cooperar con el TPI. Así, como ya se hizo con la guerra en Ucrania, la intención del Ministerio Público es recabar pruebas para ponerlas a disposición del órgano competente.

«Concurren los presupuestos legales»

García Ortiz asegura que «concurren los presupuestos legales» para dar este paso, dada la «especial trascendencia» y «gravedad» de los hechos, así como el «número de víctimas hasta el momento».

«Los hechos acaecidos supondrían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, resultando de especial singularidad y complejidad una efectiva investigación que, además, presenta derivadas internacionales», afirma.

El jefe del Ministerio Público explica que el artículo 23.4 p) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) «atribuye jurisdicción a los tribunales españoles respecto de 'cualquier otro delito cuya persecución se imponga con carácter obligatorio por un tratado vigente para España o por otros actos normativos de una organización internacional de la que España sea miembro, en los supuestos y condiciones que se determinen en los mismos'».

Y ello a pesar de que ese mismo artículo en su apartado a) establece que los tribunales españoles solo podrán investigar hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, cuando el procedimiento se dirija contra un español o contra ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas.

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