Pedro Sánchez acompañado de su mujer, Begoña Gómez, en China
La corrupción que salpica a Sánchez
El juez Peinado cierra la instrucción y envía a Begoña Gómez al banquillo por cuatro delitos
El magistrado instructor ha acordado el archivo del delito de intrusismo profesional, por la firma que la mujer del presidente del Gobierno estampó en el pliego técnico de licitación del software de la cátedra
El juez Juan Carlos Peinado ha cerrado la instrucción del denominado 'caso Begoña' y ha dictado auto de procesamiento para a la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la que fuera su asesora contratada por La Moncloa, Cristina Álvarez a la que se considera «cooperadora necesaria» de las irregularidades de Gómez.
La esposa del presidente del Gobierno se sentará en el banquillo por un total de cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.
En el auto de procesamiento, al que ha tenido acceso El Debate en primicia, y en el que también se ve contenido el empresario Juan Carlos Barrabés, codirector de la cátedra de Transformación Digital de la mujer de Sánchez, en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) a quien se acusa, formalmente, por tráfico de influencia y corrupción de sus negocios.
Peinado ha acordado, para ello, conceder «un plazo de cinco días a todas las partes personadas, a fin de que insten lo que consideren oportuno respecto a la apertura del juicio oral», rechazando la necesidad de aceptar la prórroga de seis meses instada por las acusaciones, y dar por concluidas y suficientes las pesquisas practicadas hasta la fecha.
Peinado concluye que "la infraestructura, la financiación y la legitimación institucional obtenidas en la fase universitaria [de la cátedra de la Complutense] tenían potencial de explotación económica ulterior
En relación con el quinto ilícito, el de intrusismo profesional, relativo a la firma de Begoña Gómez contenida en el documento técnico emitido para la licitación del software que se creó para la cátedra universitaria, Peinado lo ha dejado fuera de la fase oral del procedimiento. «Al no haber más que un indicio endeble, (el informe de una asociación de carácter cuasi privada), no habiendo indicios plurales, y sólidos, y existiendo contraindicios que avalan la posibilidad de la firma del pliego, por la investigada Begoña Gómez Fernández, deben sobreseerse las actuaciones respecto de ese delito de intrusismo», tal y como ha destacado el magistrado en su resolución para finalizar la fase actual e insistir en la continuación de la misma, ante un jurado popular.
Por el contrario, Peinado entiende que sí ha quedado suficientemente acreditado el delitos de tráfico de influencias -al prevalerse la investigada de su posición como consorte del líder del Ejecutivo para acceder a «interlocuciones institucionalmente excepcionales»-en el ámbito empresarial, que le habrían sido propicias para la de creación de la cátedra universitaria que codirigió con Barrabés, pese a no haber quedado demostrado que tuviese la cualificación académica exigible para este tipo de funciones.
Así, también, el de malversación, por cuanto la asistente pagada con fondos públicos, y asignada como apoyo para Gómez se excedió «de lo meramente protocolario» para convertirse en un «miembro del equipo del proyecto» profesional de la mujer de Sánchez, en favor del éxito de lo que, en realidad, eran negocios particulares.
En lo relativo al software que se diseñó y se fabricó, implicando para ello a patrocinadores y empresas tecnológicas, con el objetivo de facilitar la operativa de la cátedra universitaria, Peinado considera que la mujer de Pedro Sánchez registró a su nombre personal la marca y el dominio web donde se alojaba el programa, pese a que éste había sido desarrollado, en parte, con recursos de la UCM.