Cartel de la Oficina de Protección Internacional en Bruselas
Bruselas advierte a España por la acogida de solicitantes de asilo tras sus dudas por la regularización masiva
Abre un expediente a nuestro país por no transponer la directiva de acogida dos años después de entrar en vigor
Ya hace tiempo que Bruselas viene mostrando su preocupación por la regularización masiva de inmigrantes que ha llevado a cabo España a lo largo de los últimos meses.
Como portavoz de los países vecinos, el comisario de Interior, Magnus Brunnen, advirtió a nuestro país de que la medida que ha llevado a legalizar la situación de más de un millón de inmigrantes, según datos del propio Gobierno, no debía suponer que estos pudieran acceder a los otros países de la Unión Europea.
Pero a esto se ha añadido ahora la preocupación mostrada por la Comisión Europea acerca de la forma en que España acoge a los solicitantes de asilo o de protección. En concreto, le ha abierto un expediente por no haber implementado las medidas recogidas en la Directiva Europea de Acogida de Solicitantes de Protección Internacional.
Esta directiva se aprobó en mayo de 2024 y entró en vigor en junio de aquel año. Sin embargo, más de dos años después, España sigue sin transponerla a la legislación nacional o, al menos, no ha avisado a Bruselas de que lo haya hecho. De ahí que la Comisión Europea le haya abierto expediente como paso previo para, en caso de que se mantenga en el incumplimiento, llevar a nuestro país al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La Directiva 2024/1346 trata de unificar, en la medida de lo posible, la manera en la que los países de la Unión Europea deben acoger a los solicitantes de asilo o de protección internacional: cómo deben estar bien informados de los sistemas de protección que tienen, establece las formas de acogida que hay, les garantiza la asistencia sanitaria, el acceso al mercado de trabajo y la educación.
Pero, al mismo tiempo, la Directiva también concede gran flexibilidad a los Estados miembros para que, dentro de unos límites, establezcan sus propias medidas de acogida. Permite incluso el internamiento de los solicitantes siempre que no sea un internamiento punitivo.
Para Bruselas, «la transposición plena de la directiva es esencial para garantizar la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento del sistema de migración y asilo».
Según datos del Ministerio del Interior, en 2025 la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), dependiente de la Dirección General de Protección Internacional del Ministerio del Interior, resolvió un total de 160.951 expedientes de protección internacional, de los que 7.838 recibieron el estatuto de refugiado y 10.103 ciudadanos, el de protección subsidiaria, lo que supone que el 11,2 % recibieron algún tipo de protección internacional, una de las cifras más pequeñas de la Unión Europea.