El juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso Begoña Gómez
Tribunales
Un CGPJ dividido judicializa dos quejas contra el juez Peinado ignorando la doctrina del Supremo y cuatro votos discrepantes
La Comisión Permanente ha decidido elevar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) un par de expedientes abiertos al instructor del caso Begoña, dado que podrían ser constitutivos de una «falta disciplinaria leve»
Dos quejas presentadas contra el juez Juan Carlos Peinado, titular del juzgado de Instrucción número 41 de Madrid y al frente de la causa que se sigue contra Begoña Gómez –por dos delitos de malversación y tráfico de influencias– serán analizadas, finalmente, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), a petición de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGAPJ), pese a las recomendaciones de archivo del Promotor de la Acción Disciplinaria, los cuatro votos en contra de los vocales del sector profesional del órgano y la doctrina consolidada por el Supremo para este tipo de casos.
Así las cosas, y a punto de jubilarse a la vuelta del verano, el próximo 27 de septiembre, la Justicia revisará si la referencia que hizo el magistrado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como posibles facilitadoras ante un eventual intento de fuga de la mujer del presidente del Gobierno, en el auto en el que acordó medidas cautelares para ella y su asistente de Moncloa, Cristina Ávarez; o, las presuntas dilaciones en la tramitación de una causa de calumnias planteada por el periodista Nacho Abad, son constitutivas de una posible falta disciplinaria leve.
Una declaración que, sin embargo, aunque fuese negativa para Peinado, no tendrá consecuencias prácticas, porque éste dejará el servicio activo antes de que se conozca la decisión judicial de la Sala de Gobierno del órgano madrileño, bajo la Presidencia interina de la magistrada Aurora de la Cueva.
Precisamente, por esto último, la división que se ha declarado en el seno del Consejo con esta cuestión era «innecesaria», apuntan a El Debate algunas fuentes próximas a la máxima institución que representa a los jueces y magistrados españoles.
No en vano, tanto para el Promotor de la Acción Disciplinaria, como para los cuatro vocales del sector profesional, que emitieron un voto particular discrepante contra el rezhazo del archivo de las actuaciones –Alejandro Abascal, Isabel Revuelta, José Carlos Orga y José Eduardo Martínez– no hay motivos para continuar contra Peinado. Entre otras razones de peso porque, en ambos supuestos, la propia doctrina del Supremo establece criterios claros.
En el caso de Abad, por ejemplo, el Alto Trivunal considera que es imposible exigirle a un juez sometido a importante carga de trabajo que consulte, casi a diario, todos los expedientes telemáticos que cuelgan de él, para comprobar los tiempos, siempre y cuando no se trate de causas con preso.
En relación con el pronunciamiento en el que Peinado, para justificar la retirada del pasaporte a la mujer de Pedro Sánchez, apuntó que sus escoltas de la Policía podrían ayudarla a escaparse, porque como ha indicado el Promotor de la Acción Disciplinaria ese tipo de manfiestaciones sólo podían «entrar a analizarse (...) si le fueran remitidas por el tribunal superior que conociera de la resolución [dictada por el propio juez] en vía de recurso», por ejemplo, de apelación. Y, no obatante, la mayoría izquierdista del CGPJ ha señalado que existen precedentes que «permiten sancionar el uso de esas expresiones sin ese requisito de procebilidad».
Sin «desconsideración» a Bolaños
Así las cosas, las dos diligencias informativas seguirán su cauce en el TSJM, frente a otras cuatro anteriores que se abrieron al magistrado y que fueron descartadas, sin apenas discusión, tres de ellas por la mayoría de la Comisión Permanente del propio Consejo y la otra por unanimidad. Entre las mismas, una de Más Madrid y la que presentó el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por el trato recibido del juez Peinado durante su interrogatorio como testigo en el 'caso Begoña', hace ahora un año, debido a que, en su anterior cargo, él era el máximo responsable de la contratación de la asistente de Moncloa a la que, presuntamente, la mujer de Pedro Sánchez utilizó para sus negocios particulares, pese a estar pagada con dinero público.
Bolaños protestó después de considerar que Peinado llevó a cabo «actuaciones anómalas», durante su interrogatorio, como la petición de que se le asignase un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa o «de una tarima para ubicarse físicamente, en una posición más alta» que el ministro, así como la interrupción de su testifical para que «saliera a consultar un dato que había asegurado desconocer».
Ahora, la Comisión considera que las quejas se refieren a cuestiones «accesorias de la declaración judicial» y están basadas en «interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo». «Aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas al declarante», concluyó el órgano de gobierno de los jueces que, no obstante lo anterior, ha escalado las dos últimas protestas abiertas contra Peinado.