Fundado en 1910
El presidente de Junts, Carles Puigdemont, en una imagen de archivo

El presidente de Junts, Carles Puigdemont, en una imagen de archivoEuropa Press

Tribunales

El Tribunal de Cuentas desestima los recursos de Puigdemont y Junqueras y retrasa la aplicación de la amnistía

La Consejera Elena Hernáez rechaza la argumentación jurídica de las defensas de los líderes independentistas

El Tribunal de Cuentas (TC) ha desestimado los recursos interpuestos por las defensas de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Artur Mas y una treintena de ex altos cargos del gobierno autonómico catalán contra la providencia emitida el pasado 20 de julio, en la que concluía que no iba a aplicar la amnistía de forma automática e inmediata a los 35 encausados.

El motivo es que el TC quería investigar si alguna de las 14 partidas económicas investigadas afectaba a fondos que la Generalitat de Cataluña hubiese recibido de la Unión Europea (UE), un hecho que las dejaría fuera de la ley de amnistía. En el auto, al que ha tenido acceso El Debate, la Consejera Elena Hernáez rechaza la argumentación jurídica de las defensas de los líderes independentistas.

En concreto, asegura que la resolución del 20 de julio no incumple ni la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TJUE) del 16 de julio –que, a grandes rasgos, avalaba la Ley de Amnistía y concluía que es compatible con el derecho comunitario–, ni la propia Ley de Amnistía ni tampoco la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

En el texto, Hernáez defiende una «interpretación restrictiva» del concepto de afectación a los intereses financieros de la UE, «que se produciría en aquellos supuestos en que las actividades de gestión ilegal se hubieran realizado con fondos públicos de la Unión». Y señala que, debido a ello, era «absolutamente necesario y procedente» pedir información a las partes sobre el origen de los fondos públicos.

También señala que el plazo abierto por esta providencia no impide que la resolución sobre la amnistía se dicte dentro de los dos meses establecidos en el artículo 10 de la Ley de Amnistía. Por último, la Consejera Hernáez defiende que, aunque Puigdemont y los demás pretendan «desvincular» el posible uso de fondos europeos de la aplicación de la amnistía, estas dos cosas no pueden separarse.

Y justifica haber introducido esta cuestión al final del procedimiento, y no antes, «por la sencilla razón de que, antes de la aprobación de la Ley de Amnistía, la fuente de financiación de la que procedieran los fondos públicos de la Generalitat de Cataluña con que se realizaron los gastos cuestionados en el presente procedimiento de reintegro por alcance era por completo irrelevante».

El responsable de representar a Societat Civil Catalana, Juan Chapapría, del bufete Chapapría-Navarro & Asociados, asegura a El Debate que este auto es «jurídicamente, una victoria sin paliativos», porque el TC «valora a favor uno por uno todos nuestros argumentos, desde la vulneración de la tutela judicial efectiva a la vulneración de derechos fundamentales».

Temas

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas