Una mesa electoral comienza a contabilizar los votos en Sevilla (archivo)
Elecciones generales 2026
¿Me puede tocar ser mesa electoral el mismo día de las elecciones? Calendario de alegaciones y notificaciones
Los sorteos para designar a los que formarán parte de una mesa electoral se celebraron entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre
Los españoles están llamados a las urnas para elegir a sus representantes antes de lo previsto. El pasado 5 de octubre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el adelanto de las elecciones generales, que se celebrarán el próximo 29 de noviembre. Ahora, son muchos los ciudadanos que se encuentran recibiendo las notificaciones correspondientes de que se requerirá su presencia el día de los comicios en una mesa electoral.
La designación de los miembros de las mesas electorales está regulada por la LOREG, que establece que los sorteos deben celebrarse entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria de elecciones. Por tanto, los sorteos se han realizado entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026, ambas fechas incluidas.
Lo que es importante tener presente es que no todos los ayuntamientos celebran el sorteo el mismo día. Cada municipio marca su propia fecha, por lo que algunos ciudadanos conocerán su designación como miembro de mesa antes que otros.
Alegaciones
En caso de recibir la notificación que te designa como miembro o suplente de una mesa electoral, dispones de siete días desde su recepción para presentar ante la Junta Electoral de Zona las alegaciones correspondientes, siempre que exista una causa justificada y debidamente documentada.
La Junta Electoral cuenta con cinco días para resolver las alegaciones y, en caso de aceptarse, la Junta Electoral de Zona debe llamar a los sustitutos. De nuevo, los elegidos podrán presentar sus alegaciones hasta 72 horas antes de que se constituyan las mesas electorales y, si alguno presenta alegaciones válidas para no asistir, se tendrá que llamar a más gente.
Así, en los casos más extremos, si el mismo día de las elecciones algún colegio no puede constituir alguna mesa porque falta algún miembro, el presidente puede reclamar al primer votante que aparezca por allí que pase a formar parte de la mesa electoral.