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28 de abril de 2024

Laura Borràs, Carles Puigdemont, Míriam Nogueras y Jordi Turrull

Laura Borràs, Carles Puigdemont, Míriam Nogueras y Jordi TurrullEuropa Press

Cataluña

Junts maniobra para que los líderes del procés no paguen ni un euro

  • Artur Mas y miembros de su Gobierno pagaron más de 6 millones de euros por el 9-N. Por el 1-O y la acción exterior de la Generalitat, los encausados podrían ser condenados a multas de 5 millones

  • Junts ha presentado una enmienda en la que se elimina la referencia a que no cabe la restitución de las multas abonadas

La ley de amnistía perdona todos los actos encaminados a conseguir la independencia de Cataluña que se hubieran llevado a cabo entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023. Estoy incluye, por lo tanto, «los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable, vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017». Ambas consultas fueron declaradas inconstitucionales por parte del Tribunal Constitucional.

Consulta del 9-N

En cualquier caso, se habla de perdonar también actos contables. Y aquí hay que tener en cuenta los procedimientos que se han seguido y se siguen en el Tribunal de Cuentas por gastos relacionados con estos dos consultas. Por un lado, está el simulacro de consulta del 9N. En 2018, el TCu condenó al expresidente de la Generalitat, Artur Mas, y a nueve miembros de su Gobierno a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros por la organización de esta consulta. A esta cifra hay que añadir casi un millón más por los intereses devengados. En total, estamos hablando de casi seis millones de euros.
Una cuestión que hay que tener en cuenta es que la mitad de esa cantidad fue aportada por la llamada «caja de resistencia», o lo que es lo mismo, con la donación de ciudadanos anónimos que querían contribuir, de esta forma, con la causa independentista. Para el resto del dinero, los implicados en el «procés» sí fueron ingresando otras aportaciones dinerarias hasta cubrir la totalidad de la multa.
En este caso estamos hablando de una sentencia firme. Y el texto de la ley, de momento, contempla que «la amnistía de un acto determinante de responsabilidad penal, administrativa o contable no dará derecho a percibir indemnización de ninguna clase, ni generará derechos económicos de ningún tipo en favor de persona alguna. Tampoco dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa». Si tenemos en cuenta este párrafo, en principio, los condenados por la causa del 9N no tendrían derecho a recuperar esos seis millones de euros.
Los expertos consultados por El Debate dicen que, desde luego, no es fácil devolver esa cantidad, teniendo en cuenta que la mitad la aportó una cantidad indeterminada de personas, que difícilmente se pueden identificar. Además que a los implicados les comportaría otros problemas tributarios: deberían declarar un incremento patrimonial que debería haber sido declarado en sus declaraciones de renta.
En cualquier caso, también recuerdan que aún se está en la fase de debate de enmiendas y que Junts ha presentado una que va en la línea de eliminar ese punto de la ley que mencionábamos anteriormente, por el que se dice que no cabe la restitución económica de las multas abonadas. En el texto que ha presentado el partido de Carles Puigdemont, se propone que queden «extinguidas las responsabilidades civiles y contables derivadas de los actos relativos al procés, incluidas las que estén siendo objeto de procedimientos tramitados ante el Tribunal de Cuentas». Y se queda ahí. Elimina, por lo tanto, la mención a que no se puede devolver el dinero a los condenados.

1 de octubre y acción exterior

El segundo procedimiento que podría verse afectado por esa amnistía es el desvío de fondos públicos para la organización y celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre y también a la acción exterior de la Generalitat relativos al procés. En este caso, hay una treintena de encausados, entre ellos los expresidentes de la Generalitat, Artur Mas y Carles Puigdemont; el que fuera vicepresidente, Oriol Junqueras; los exconsejeros y también exaltos cargos del Govern y del Diplocat.
La demanda del Ministerio Público se dirigía inicialmente contra 35 ex cargos por 3,4 millones de euros, pero posteriormente excluyó a algunos –como los ex consejeros Joaquim Forn y Josep Rull– y rebajó también su petición económica hasta los 3,1 millones de euros. Por su parte, Sociedad Civil Catalana se dirige contra 11 antiguos miembros del Govern a los que reclama 5 millones de euros. Y, por lo tanto, en caso de ser condenados antes de que entre en vigor la ley de amnistía, no podrían ser multados con una cantidad mayor a esos cinco millones que pide la entidad.
No han sido condenados, pero sí han tenido que abonar unas fianzas que ha cubierto el Instituto Catalán de Finanzas (ICF), o lo que es lo mismo, la propia Generalitat. Por lo tanto, en este punto del procedimiento esa sería la única cantidad a devolver en el marco de una amnistía.
Recordemos que recientemente, la semana pasada, de hecho, el Tribunal de Cuentas rechazó suspender la causa del 1 de octubre y de la acción exterior de la Generalitat porque, por un lado, se desconocen los términos de la ley de amnistía; y por el otro, aún está pendiente de aprobación por parte de las Cortes Generales. El órgano denegaba, de esta forma, la petición que cursaron Oriol Junqueras, Raúl Romeva y siete encausados más.
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