Un cartero entrega votos en el colegio Cristo Rey en Madrid. El voto por correo ha batido récord en esta cita electoral.

Un cartero entrega votos en el colegio Cristo Rey en MadridEFE

Elecciones Cataluña 2024

Voto por correo en las elecciones catalanas: todo lo que debes saber antes de que acabe el plazo

El próximo domingo 12 de mayo se celebran elecciones autonómicas en Cataluña

El próximo 12 de mayo millones de catalanes podrán ejercer su derecho al voto en las urnas. Tal y como anunció de forma anticipada el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, se celebrarán elecciones autonómicas tras la imposibilidad del Gobierno autonómico de aprobar los presupuestos pactados con el Partido Socialista de Cataluña (PSC).
Según las últimas encuestas, el PSC obtendría el mayor apoyo en las urnas, con porcentajes de voto que oscilan entre el 23 % y el 29 %, lo que le proporcionaría unos 39 diputados, 6 más que en las elecciones celebradas en 2021. Sin embargo, no conseguiría alcanzar la mayoría absoluta, por lo que necesitaría el apoyo de partidos independentistas.
Por su parte, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y Junts per Catalunya compiten por la segunda posición. Ahí estará seguramente la clave. aunque la formación de Pere Aragonès muestra una ligera ventaja en algunas de las encuestas más tempranas, los de Puigdemont parecen cerrar esa brecha e incluso superar a ERC en otras. Los porcentajes de voto para ambos fluctúan entre el 15 % y el 21 %, lo que refleja una competencia muy ajustada por ser la fuerza independentista principal del Parlament.

Voto por correo

Aquellos que no puedan acudir el domingo a votara su colegio electoral correspondiente podrán ejercer su derecho por correo. El plazo para solicitarlo abrió el pasado 19 de marzo y finalizó el 2 de mayo. Aquellas personas que realizaron los trámites podrán depositar su voto hasta el 9 de mayo en alguna de las oficinas de Correos distribuidas por toda España.
Correos aclara que, debido a la coincidencia de los plazos para solicitar el voto por correo de las elecciones al Parlamento de Cataluña y las elecciones al Parlamento Europeo entre el 16 de abril y el 2 de mayo, la Junta Electoral Central ha establecido medidas específicas para diferenciar las solicitudes correspondientes a cada uno de estos procesos electorales.
Si te resulta imposible acudir en persona a la oficina de Correos, tienes la opción de designar a otra persona adulta para que realice el trámite en tu representación. Debes proporcionar una autorización firmada junto con una copia de tu DNI, pasaporte o cualquier otro documento oficial que te identifique. La persona designada deberá presentar estos documentos físicamente en la oficina de Correos; no se acepta la presentación digital.
Asimismo, es importante recordar que si no has podido ir a Correos para gestionar tu voto por correo, perderás la oportunidad de votar en persona en la urna el día de las elecciones. Esta regla, establecida por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), busca prevenir cualquier posible fraude o manipulación durante el proceso electoral.
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