Vista de Madrid
El retraso del Constitucional sobre el Impuesto de Patrimonio deja a miles madrileños en una incertidumbre fiscal
Una eventual declaración de inconstitucionalidad por parte del Constitucional permitiría a los madrileños solicitar la devolución de lo pagado
El aplazamiento del fallo del Tribunal Constitucional sobre el Impuesto de Patrimonio ha generado una de las mayores incertidumbres fiscales de los últimos años, especialmente para los contribuyentes madrileños. La resolución, prevista ahora para 2026, determinará si el Estado actuó conforme a la Constitución al mantener este tributo y, sobre todo, al crear el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que ha neutralizado la bonificación histórica del 100 % que la Comunidad de Madrid aplicaba en su impuesto autonómico.
«Los contribuyentes madrileños son los principales afectados porque la Comunidad de Madrid ha mantenido históricamente una política de bonificación total del Impuesto sobre el Patrimonio, que eliminaba en la práctica la carga fiscal para los residentes con mayor patrimonio», explica Ángel Sánchez, socio de Golden Partners, despacho de abogados especializado en asesoramiento patrimonial.
En este sentido, señala que «esta situación cambió con la creación, en 2022, del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, un tributo estatal no bonificable que grava patrimonios superiores a tres millones de euros y cuya recaudación corresponde íntegramente al Estado».
En la práctica, este impuesto estatal ha supuesto que los madrileños con patrimonios altos vuelvan a tributar, aunque no a la Hacienda autonómica. «El retraso del fallo del Tribunal Constitucional mantiene esa situación de incertidumbre: los contribuyentes madrileños siguen soportando el gravamen estatal, pese a residir en una comunidad que formalmente bonifica el patrimonio», comenta Sánchez.
Así, señala que «si el Tribunal anula el impuesto estatal, Madrid recuperará su plena autonomía fiscal y la exención volverá a ser efectiva; si lo avala, el modelo de armonización fiscal quedará consolidado y el pago seguirá siendo obligatorio a nivel estatal y recaudado a través de Madrid».
Este impuesto estatal ha supuesto que los madrileños con patrimonios altos vuelvan a tributar
Hasta 2022, los residentes en Madrid disfrutaban de la bonificación total del Impuesto sobre el Patrimonio. Sin embargo, la introducción del Impuesto de Solidaridad, y su prórroga mediante Real Decreto-ley 8/2023; ha cambiado radicalmente el panorama. Este tributo, concebido como temporal, se ha convertido de facto en una figura estructural del sistema fiscal.
Una eventual declaración de inconstitucionalidad por parte del Constitucional permitiría a los madrileños solicitar la devolución de lo pagado en los ejercicios 2022 y 2023, siempre que hubieran actuado previamente. «Solo podrían recuperar las cantidades quienes hayan presentado una solicitud de rectificación o una reclamación. La Comunidad de Madrid recuperaría su autonomía plena para aplicar la bonificación del Impuesto sobre el Patrimonio sin interferencia estatal, restableciendo la situación anterior a 2022».
Por el contrario, si el Tribunal avala la constitucionalidad del impuesto estatal, el pago seguirá siendo obligatorio. «Los contribuyentes madrileños seguirán obligados a tributar por el Impuesto de Solidaridad al Estado, independientemente de la bonificación autonómica. Madrid podrá mantener su bonificación interna, pero esta carecerá de efecto práctico para patrimonios superiores a tres millones de euros».
Se recomienda pagar y luego reclamar
Mientras llega la resolución del Tribunal, el impuesto sigue plenamente vigente. «Tanto el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas como el de Patrimonio están en vigor. No pagarlos o dejar de presentar la autoliquidación supone una infracción tributaria con recargos e intereses de demora. La única vía prudente y jurídicamente segura es presentar y abonar el impuesto, y, en su caso, interponer una solicitud de rectificación para preservar el derecho a devolución si el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad del gravamen».
El riesgo de incumplir, recuerda el abogado, es elevado. En los casos de omisión deliberada, las sanciones pueden alcanzar un porcentaje relevante de la cuota no ingresada, y además el contribuyente perdería el derecho a reclamar posteriormente.
El despacho recomienda una estrategia doble: cumplimiento estricto y defensa preventiva. «La estrategia más adecuada es cumplir con las obligaciones fiscales, pero actuar de forma preventiva. Ello implica presentar el impuesto en plazo y, simultáneamente, presentar una solicitud de rectificación o reclamación administrativa, si Hacienda nos negó la rectificación, para salvaguardar el derecho a recuperar lo abonado si el Tribunal Constitucional anula el impuesto».
Para quienes estén valorando cómo proceder, el letrado aconseja conservar toda la documentación: autoliquidaciones, justificantes de pago, comunicaciones con la Agencia Tributaria y, en su caso, informes de asesoramiento profesional. «Esta documentación será esencial para acreditar el derecho a devolución si el fallo resulta favorable».
Madrid, la más afectada
La Comunidad de Madrid ha sido una de las más críticas con la implantación del impuesto estatal. Según las últimas cifras oficiales de la Agencia Tributaria, 24.533 contribuyentes con residencia fiscal en la región de la capital presentaron declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en 2024 correspondiente al ejercicio 2023, de lo cuales 10.659 tuvieron un resultado positivo tras la reactivación del impuesto en la región.
Desde el Gobierno autonómico se defiende que este tributo vulnera su autonomía financiera reconocida en la Constitución y en la LOFCA. «El Estado ha creado un impuesto paralelo con idéntica base y hecho imponible al del Impuesto sobre el Patrimonio, vaciando de contenido la competencia autonómica. Madrid sostiene que la decisión sobre aplicar o bonificar el impuesto debe residir en la propia comunidad, como manifestación legítima de su autogobierno fiscal».
Si el Constitucional finalmente anula el impuesto, la región recuperaría su plena capacidad normativa y podría restablecer la bonificación total. En cambio, si lo valida, el modelo de armonización forzosa quedará reforzado, reduciendo la diferencia de tributación entre comunidades y limitando el margen autonómico.
De confirmarse la inconstitucionalidad, el Gobierno podría diseñar una nueva figura impositiva. El Estado podría aprobar un nuevo tributo con estructura o finalidad distinta, como un impuesto sobre la riqueza neta global o uno finalista para gasto social o medioambiental. «La vía correcta sería una ley ordinaria, con tramitación parlamentaria de tres a seis meses, reduciéndose a seis-ocho semanas si se solicita tramitación urgente».
Sin embargo, el abogado advierte de que el Ejecutivo podría recurrir nuevamente al Real Decreto-ley para introducir el nuevo gravamen de forma inmediata, «como ya ocurrió con otros casos recientes, entre ellos, la prórroga del propio Impuesto de Solidaridad mediante el Real Decreto-ley 8/2023».