Jon Enparantza fue el abogado de presos de ETA
El Gobierno vasco concede otro régimen de semilibertad: esta vez a Jon Enparantza, abogado de presos de ETA
Jon Enparantza fue condenado a cuatro años de prisión por la Audiencia Nacional por un delito de integración en organización terrorista al considerar acreditada su pertenencia al denominado frente jurídico de ETA
El Gobierno vasco ha autorizado la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a Jon Enparantza, abogado vinculado durante años al entramado jurídico de ETA y condenado por integración en organización terrorista, una decisión que permitirá flexibilizar su régimen de cumplimiento de la pena pese a permanecer clasificado en segundo grado. La medida se suma a otros beneficios penitenciarios concedidos en los últimos meses a antiguos miembros o colaboradores de la banda y ha vuelto a provocar las críticas del Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite), que denuncia una política de excarcelaciones progresivas encubiertas.
El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario permite diseñar un régimen individualizado para determinados internos, de manera que, aun sin acceder formalmente al tercer grado, puedan salir del centro penitenciario para desarrollar actividades laborales, formativas o de reinserción. En la práctica, constituye una fórmula intermedia entre el segundo y el tercer grado y ha sido utilizada con frecuencia en los últimos años para flexibilizar la situación de varios presos de ETA antes de su progresión definitiva al régimen de semilibertad.
Jon Enparantza fue condenado a cuatro años de prisión por la Audiencia Nacional por un delito de integración en organización terrorista al considerar acreditada su pertenencia al denominado frente jurídico de ETA. La sentencia concluyó que formaba parte de Halboka, la estructura creada por la organización terrorista para coordinar la asistencia jurídica a los presos de la banda y mantener la disciplina interna del colectivo de reclusos. En aquella causa también fue condenada la histórica abogada Arantza Zulueta, considerada durante años una de las principales responsables de la estrategia jurídica del entramado de ETA.
Desde Covite sostienen que la decisión del Ejecutivo autonómico vuelve a confirmar una tendencia que la asociación viene denunciando desde que el Gobierno vasco asumió las competencias penitenciarias en octubre de 2021. Su presidenta, Consuelo Ordóñez, considera que el artículo 100.2 se está utilizando como un «atajo» para conceder regímenes de semilibertad a internos que todavía permanecen clasificados en segundo grado y que, a su juicio, no cumplen los requisitos necesarios para acceder a una flexibilización de su situación penitenciaria.
«No existe un arrepentimiento real, público y verificable, ni una ruptura inequívoca con el entorno que justificó y legitimó durante décadas los crímenes de ETA. Sin esos requisitos, la aplicación del artículo 100.2 a Jon Enparantza es injustificada y fraudulenta», ha afirmado Ordóñez en un comunicado difundido este miércoles.
La asociación enmarca este caso dentro de una política penitenciaria que, según denuncia, ha ido ampliando de forma progresiva los beneficios concedidos a antiguos miembros de ETA. En los últimos meses, el Gobierno vasco también ha autorizado progresiones de grado y regímenes de semilibertad para otros reclusos de la banda, decisiones que han sido recurridas o criticadas por Covite al considerar que se están concediendo sin exigir una colaboración efectiva con la Justicia, una petición de perdón pública a las víctimas o una desvinculación expresa del ideario terrorista.