El Papa Francisco ha publicado un nuevo Motu Proprio titulado 'El derecho nativo' para aclarar que los bienes adquiridos por las instituciones curiales y las entidades vinculadas a la Santa Sede tienen un «destino universal» y las instituciones y entidades que los han adquirido son sus «depositarios», no «propietarios privados».
«Todos los bienes, muebles e inmuebles, incluidos el dinero en efectivo y los valores, que han sido o serán adquiridos, de cualquier modo, por las instituciones curiales y las entidades vinculadas a la Santa Sede, son bienes públicos eclesiásticos y, como tales, propiedad, en título u otro derecho real, de la Santa Sede en su conjunto y pertenecientes, por tanto, independientemente del poder civil, a su patrimonio unitario, no fraccionario y soberano», afirma el primer párrafo del Motu proprio.
Por tanto, añade que «ninguna institución o entidad puede reclamar su privada y exclusiva propiedad o titularidad de los bienes de la Santa Sede, ya que siempre ha actuado y debe actuar en nombre, por cuenta y para los fines de la Santa Sede en su conjunto, entendida como persona moral unitaria, representándola sólo donde lo exige y permite la ley civil».
Según precisa, el Motu proprio no cambia competencias ni dicta nuevas normas, pero sí reafirma un principio fundamental sobre la naturaleza pública de los bienes y el papel de las instituciones curiales y entidades vinculadas.
En el documento, firmado el 20 de febrero y publicado este jueves, remitiéndose a los cánones 1254 y 1255 del Derecho Canónico, aclara el carácter público eclesiástico de los bienes adquiridos por las instituciones y entidades curiales vinculadas a la Santa Sede.
«El derecho nativo, independiente del poder civil, de la Santa Sede a adquirir bienes temporales es uno de los instrumentos que, con el apoyo de los fieles, una administración prudente y controles apropiados, aseguran que la Sede Apostólica pueda operar en la historia, en el tiempo y en el espacio, para los fines propios de la Iglesia y con la independencia necesaria para el cumplimiento de su misión», asevera el documento papal.
Además, explica que «los entes de la Santa Sede los adquieren y utilizan, no para sí mismos, como el propietario privado, sino, en nombre y bajo la autoridad del Romano Pontífice, para la consecución de sus fines institucionales, que son igualmente públicos, y por tanto para el bien común y al servicio de la Iglesia universal».
Así, puntualiza que las entidades e instituciones que han adquirido estos bienes, deben cuidarlos «con la prudencia que requiere la gestión de la cosa común y según las normas y competencias que la Santa Sede se ha dado».
El derecho nativo también aclara que «nada cambia» para el patrimonio de las personas jurídicas instrumentales, es decir, las fundaciones y entidades que remiten a la Santa Sede registradas en la lista del Estatuto del Consejo para la Economía y situadas en el Estado de la Ciudad del Vaticano. Con el Motu proprio del 5 de diciembre de 2022, ya se había aclarado que su patrimonio también pertenece a la Santa Sede.
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