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27 de abril de 2024

Una niña, en una imagen de archivo

Una niña, en una imagen de archivoEFE/Juan Diego Montenegro

Sociedad

El hombre que lleva un año y medio sin la custodia de sus hijas por ser cojo

Una resolución judicial emitida en 2020 impide a un padre ver a sus hijas con normalidad al considerarlo incapacitado para ejercer el cuidado apropiado de las menores

Sin la custodia de sus hijas por cojera. Es la situación en la que se encuentra un hombre desde junio de 2020 después de que un juzgado adoptara esa decisión al considerarlo incapacitado para ejercer el cuidado de sus dos hijas menores debido a una lesión que padece.
El afectado, de nombre Francisco, denunció este jueves en el programa Espejo público la privación judicial impuesta desde el pasado año. Durante su intervención, el padre explicó que ya sufría este problema antes de separarse y que, a pesar de ello, nunca tuvo ningún tipo de problema para ocuparse de las menores.
En el auto, la jueza decreta un «régimen de custodia exclusiva para la madre» y arguye que «sería lo más idóneo para las menores debido a las limitaciones físicas que presenta el progenitor y su dependencia». Además, la magistrada indica que resultará necesaria la presencia de una «tercera persona cuando el progenitor deba estar con las menores debido a las dificultades que se pueden presentar debido a su grado de dependencia y limitaciones físicas».
Durante su participación en el programa, Francisco explicó que el régimen de visitas impuesto en la sentencia es poco menos que anecdótico, puesto que no incluye ninguna pernoctación, ningún fin de semana completo, y, ni que decir tiene, ningún período de vacaciones con las menores.
El auto, que entre otros factores atribuye el impedimento a la medicación que el afectado toma para tratar su lesión, establece concretamente que «el régimen de visitas será de dos días intersemanales, a falta de acuerdo, los martes y los jueves, debiendo recogerlas cada uno de ellos a las 17 horas en el domicilio materno y restituirlas a las 20 horas, en horario de invierno y a las 21 horas en verano».
Por su parte, un informe médico del padre, citado por OK Diario, señala que Francisco, quien cuenta con una incapacidad laboral, puede ejercer el «autocuidado y cuidado de terceros, en ausencia de maniobras de esfuerzo» y desarrollar las «actividades instrumentales de crianza de niños y mantener un hogar». Un hecho que la jueza, en contrapunto, considera que «no es suficiente para el correcto y adecuado cuidado de las hijas».
No es la primera vez que una sentencia judicial inhabilita a un progenitor por el mismo motivo. En 2007, según recoge la hemeroteca, una jueza de Gavà (Barcelona) le denegó a un padre la custodia de sus dos hijos argumentando que la discapacidad que padecía –una cojera derivada de una poliomelitis– podía representar un impedimento para el cuidado de los menores.

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