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14 de mayo de 2024

Hospital de Valdepeñas

Hospital de ValdepeñasSescam

La mayor condena por negligencia médica de la historia: 5,2 millones

La matrona decidió prescindir de una de las dos cinchas que se utilizan para la monitorización de la frecuencia cardíaca fetal

Diez años después de los hechos ya ha quedado resuelto el caso penal abierto de unos padres en contra del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) por las graves lesiones que le causaron a una niña durante el parto que se llevó a cabo en el Hospital Valdepeñas de Ciudad Real. La asociación El Defensor del Paciente ha sido la encargada de llevar a cabo la defensa judicial de los padres y han pedido que se haga firme la sentencia que condena al Sescam a pagar 5,2 millones a los padres de una niña con graves lesiones a raíz del parto. Esta condena penal se convierte en la mayor cuantía de la historia en materia de negligencias médicas en España.
Según relatas las sentencias, fue en octubre de 2012 cuando la madre acudió al hospital porque se había puesto de parto, ella había tenido, según relató, un periodo de gestación normal y los controles previos habían resultado normales.
Durante el control de la evolución del parto, la matrona decidió prescindir de una de las dos cinchas que se utilizan para la monitorización de la frecuencia cardíaca fetal y el control de la dinámica uterina del sistema «eco-doppler», que tiene por finalidad la detección de los signos precoces indicativos de una posible pérdida de bienestar fetal, y esa decisión impidió que se controlase de manera efectiva la situación física del feto.
El abogado de la familia ha resaltado que tampoco se dio importancia a los 26 episodios de disminución de la frecuencia cardíaca del feto a niveles de 80 e incluso 60 latidos por minuto que se marcan en el registro gráfico, ni a las nueve anotaciones de bradicardia que quedaron impresas en dicha tira, lo que supone descensos de la frecuencia cardíaca fetal, «claras e inequívocas señales de alarma en la evolución de ese período de parto».
De hecho, las sentencias reconocen que, pese a estas «claras e inequívocas» señales de alarma en la evolución, tanto el ginecólogo como la matrona, «con un proceder absolutamente negligente», no adoptaron las medidas necesarias encaminadas a solucionar la situación de pérdida de bienestar fetal, en orden a la finalización del parto y evitación de un sufrimiento fetal irreversible.
A raíz del «deficiente» control y seguimiento durante el período del parto, la recién nacida sufrió un grave y severo daño neurológico como consecuencia de la falta de oxígeno, causada por el descenso repetido y mantenido de la frecuencia cardíaca fetal.
En la actualidad, la menor, que cumplirá diez años el próximo día 14, sufre encefalopatía hipóxico-isquémica con parálisis infantil grave de predominio distónico, convulsiones, alimentación mediante PEG (sonda de gastrostomía endoscópica), además de que ha permanecido hospitalizada durante 91 días en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) de Neonatología del Hospital de Albacete, donde ha precisado diversas intervenciones quirúrgicas.
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