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03 de mayo de 2024

La nueva Ley de Paridad no tiene sentido si no se basa en el talento.

La nueva Ley de Paridad no tiene sentido si no se basa en el talentoLu Tolstova

Cómo funcionará la nueva ley de paridad: estos son sus puntos clave

Con la aplicación de esta norma se garantizará la participación de las mujeres en los órganos de decisión

El Gobierno aprobó el pasado martes en segunda vuelta la ley de Representación Paritaria, más conocida como ley de paridad, que obliga a que haya una presencia de al menos un 40 por ciento de mujeres en el Ejecutivo, los consejos de administración de las grandes empresas, las candidaturas electorales y los órganos constitucionales.
Esta normativa la anunció la ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se realizó el mismo día. El Gobierno aprobó esta norma en primera vuelta el pasado mes de marzo, aunque en ese momento solo afectaba a las listas electorales, la composición del Gobierno, los consejos de administración de grandes empresas, las juntas de gobierno de los colegios profesionales y los jurados de reconocimiento público de personalidades.
Además, la vicepresidenta primera del Gobierno indicó que otra de las modificaciones introducidas consiste en que «se flexibiliza el calendario de implementación de estos objetivos que irá desde 2024 para el IBEX 35 hasta 2028 para las entidades de interés público».

Al menos un 40 % de mujeres

En primer lugar, tal y como comentó la portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez, la ley establece que ningún sexo podrá tener una representación inferior al 40 % ni superior al 60 %, por lo que no podrá haber tampoco consejos de administración formados solo por mujeres.
Por ello, creen que con la aplicación de esta norma, según confirmó Calviño, se garantizará la participación de las mujeres en los órganos de decisión y romperá el techo de cristal en los ámbitos público y privado, y consolida a España como uno de los países más avanzados en igualdad de género a nivel mundial.

Paridad en las 'listas cremallera'

Esta ley deberá garantizar una acción paritaria. Para ello, las listas deberán estar integradas por personas de uno y otro sexo «ordenados de forma alternativa». Por este motivo, el Consejo de Ministros deberá tener absoluta igualdad.

A quién afecta

La obligación afecta a sociedades cotizadas y entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o activos por 43 millones.
También perjudicará a órganos constitucionales y de relevancia, como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial.
Los organismos encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones de representación paritaria en sociedades cotizadas y entidades de interés público serán la CNMV y el Instituto de las Mujeres, respectivamente.

Cuándo se implantará

Las empresas tendrán varios plazos para adaptar la ley en función de su tamaño: a partir del 30 de junio de 2024 para las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil, desde el 30 de junio de 2025 para las cotizadas con una capitalización bursátil superior a los 500 millones y un año después para el resto.
En el caso de las empresas grandes no cotizadas, deberán cumplir con el objetivo del 33 % a finales de junio de 2026 y del 40 % a finales de junio de 2028.
Actualmente, la presencia de mujeres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas en España se sitúa en el 29,3 % (357 consejeras de un total de 1.220), y se limita al 19,6 % en el caso de la alta dirección (excluidas altas directivas consejeras).

Colegios profesionales y jurados

La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal. En el caso de entidades de interés público, consejos generales y colegios profesionales que no cumplan el umbral del 40 % tendrán que justificar los motivos y corregirlo.
Dado el diferente punto de partida, ha explicado el Gobierno, se proporciona un plazo adicional para la adaptación hasta el 30 de junio de 2026 en las juntas de gobierno de los consejos generales y los colegios profesionales.
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