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El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a su llegada a la Audiencia Nacional.

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a su llegada a la Audiencia Nacional.César Vallejo Rodríguez / Europa Press

Zapatero puede escaparse, salvo que Madrid lo impida

Solo el impuesto sobre donaciones, que depende de la Comunidad de Madrid, parece poder dar un disgusto al expresidente por la investigación de las joyas

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero podría enfrentarse a una multa de unos 200.000 euros y a una condena de prisión de entre uno y cinco años si no justifica la procedencia de las joyas que encontró la Policía en su oficina ni demuestra que eran suyas desde al menos cinco años antes de que se encontraran, pero también puede librarse.

El secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, GESTHA, José María Mollinedo, señala que, «aunque él -Zapatero- no haya declarado todavía en sede judicial, las personas de su entorno afirman que las cinco piezas más valiosas entre las encontradas se las dio el rey de Arabia Saudí cuando vino a España en 2007. Si eso es así y puede demostrarlo, cualquier delito fiscal estaría ya prescrito. El plazo de prescripción son cinco años. No quedaría más opción que cerrar la investigación de la pieza separada».

Si Zapatero no pudiera demostrarlo y hubiera sido un regalo o una donación posterior, el escenario cambiaría. Como explicaba hace unos días en la COPE el inspector de Hacienda José María Peláez, en ese caso tributaría por el impuesto de sucesiones y donaciones sin bonificaciones, por una cuota entre el 8 % y el 34 %. Si el regalo procede de un líder extranjero, la cuota se multiplicaría por dos. Podría rebasar el 50 % del valor de las joyas, tasado en 1,3 millones de euros, y se vería obligado a pagar más de 650.000 euros.

El técnico de Hacienda, Mollinedo, puntualiza que debe presentarse una declaración del impuesto de donaciones por cada regalo recibido de personas diferentes con el valor a esa fecha. No existe una declaración recapitulativa de todos los regalos recibidos.

Si no se puede demostrar el origen de las joyas, Hacienda podría considerarlo un incremento de patrimonio no justificado en el IRPF. En este caso, Zapatero tendría que pagar el 45 % del valor de las joyas.

Difícil que haya delito de contrabando

Mollinedo ve como la hipótesis más verosímil la relacionada con el regalo de las joyas por parte de terceras personas, que encajaría en el impuesto de donaciones y cuya revisión recaería en la Comunidad de Madrid.

Más difícil ve que Zapatero pueda ser encausado por un delito de contrabando. Si efectivamente le hubiera dado las joyas el rey de Arabia Saudí, «el delito lo habría cometido cualquier persona de la comitiva real que hubiese introducido esas joyas en nuestro país sin declararlo en la primera aduana, ¿pero en qué aeropuerto se revisa una valija diplomática? En ninguno».

«El delito lo comete la persona que materialmente introduce ese material en el primer aeropuerto perteneciente al espacio de la Unión Aduanera sin declarar. Si Rodríguez Zapatero se acoge a su derecho a no declarar, es imposible que nadie pueda demostrar que ha sido él quien ha traído las joyas», añade Mollinedo.

Explica que los delitos de contrabando se están juzgando en España cuando alguien es cogido in fraganti: porque se le ha detenido en el momento en que las introduce en nuestro país o porque le han visto las joyas en algún control del aeropuerto. «Hay muy pocas posibilidades de que se pueda imputar a alguien un delito de contrabando pasados algunos años», afirma.

Obstáculos también en otros delitos

Cuando el juez Calama dictó el 12 de junio el auto de apertura de la pieza separada, lo abrió para investigar delitos fiscales relacionados con cinco impuestos de los que Mollinedo estima que en cuatro no pueden cometerse: «Sobre el relacionado con el Impuesto de Sucesiones, que al igual que en Madrid está bonificado al 99 % en Castilla y León desde mayo de 2021, donde residirían los familiares de José Luis Rodríguez Zapatero (León) y su mujer Sonsoles Espinosa (Ávila), es imposible que se cometa delito, aunque todas las joyas se hubieran recibido por herencia, aunque no sería creíble que los ascendientes de clase media tuvieran joyas de esa categoría, incluso antes de que el oro y las piedras preciosas se hubieran revalorizado».

Si no las hubiera recibido por herencia, tampoco es creíble que se hubieran comprado entre particulares: «Tampoco generaría delito fiscal, porque a los tipos que existen tanto en Madrid como en Castilla y León del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, es prácticamente imposible que haya cometido el delito. Salvo que haya comprado todo el catálogo de joyas a un único particular. Es muy difícil que se cometa el delito porque hay que hacer una declaración de este impuesto por cada compra».

Sobre el IVA, Mollinedo piensa igualmente que no habría delito fiscal, pues es muy difícil que se demuestre el contrabando: «Si ha comprado las joyas en una joyería, defraudaría el joyero, no el comprador».

Y en cuanto al IRPF, «si no diera ninguna explicación, el incremento de patrimonio no justificado en renta aflora con ocasión del registro de la caja fuerte en mayo de 2026, y la ley de Renta dice que esos incrementos de patrimonio se atribuyen al año en el que afloran. El 2026 no ha concluido. Si al 30 de junio de 2027 no lo declara, se produciría el delito fiscal».

Así pues, en cuatro de los cinco posibles delitos fiscales, Mollinedo no ve posibilidades. «Solamente veo en uno, en el que además es en el más posible que ocurra, y es en que le hayan regalado las joyas, aparentemente distintas personas, porque son joyas de distinta categoría y de distinto valor. Si esas joyas se las han regalado, el impuesto sobre el que recae es el de donaciones, en el que es responsable la comunidad autónoma; en este caso, Madrid».

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