Imagen de un perro guía
Las personas con perros de asistencia podrán acceder con ellos a espacios de uso público
Entre otros lugares, los canes podrán acceder a playas, recintos de piscinas y parques acuáticos, con la condición de que no entren al agua
Las personas que dependen de un perro de asistencia, ya sea por tener una discapacidad, pertenecer al espectro autista o ser víctimas de violencia de género, podrán acceder acompañadas por estos animales a cualquier espacio público o privado de uso público en todo el territorio nacional. Así lo establece el nuevo real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros a propuesta del titular de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.
La norma regula no solo el acceso de estos perros a lugares como centros educativos, culturales, deportivos, sanitarios, establecimientos comerciales, alojamientos turísticos, restaurantes, museos o teatros, sino que también permite su presencia en playas, recintos de piscinas y parques acuáticos, con la condición de que no entren al agua.
Asimismo, se garantiza el acompañamiento de mujeres víctimas de violencia de género o violencia sexual con perros de asistencia en albergues o centros asistenciales. Con este decreto se actualiza la legislación estatal, que hasta ahora se basaba en una normativa de 1983 limitada exclusivamente a las personas con discapacidad visual.
«Hasta ahora se regían por un decreto del año 83 que solo consideraba la discapacidad visual; ahora se extiende a todos los tipos de discapacidad», explicó el ministro Bustinduy, quien subrayó que «esta medida va a garantizar el acceso a la circulación y la permanencia de los perros de asistencia a los espacios públicos y privados».
El objetivo principal de este nuevo marco legal es asegurar que cualquier persona que necesite el apoyo de un perro de asistencia pueda desplazarse libremente por toda España sin restricciones, independientemente de la comunidad autónoma en la que se encuentre, y sin riesgo de ser discriminada.
El decreto contempla diversas situaciones. Por ejemplo, las personas con discapacidad auditiva o sordoceguera pueden contar con perros adiestrados que las alerten de sonidos y de su origen. También se incluyen personas con discapacidad física que se benefician del apoyo de perros preparados para asistirles en tareas cotidianas. Igualmente, abarca a quienes padecen trastornos del espectro autista, para fomentar su autonomía, así como a personas con enfermedades que requieren la presencia de un perro capacitado para advertir sobre una posible urgencia médica.
Un aspecto destacado de la norma es la protección del bienestar de los animales. Se establece que los perros de asistencia podrán cesar en su servicio al cumplir los 10 años de edad. No obstante, conservan su derecho de acceso a espacios públicos incluso después de finalizar su etapa de actividad.
Bustinduy valoró positivamente esta combinación entre la protección animal y el fomento de la vida independiente: «Regula las condiciones, la formación, la identificación de los perros de asistencia, una medida importante que va a combinar la máxima protección del bienestar de estos animales con la promoción de la autonomía personal y la vida independiente» de las personas con discapacidad.
Este nuevo real decreto se presenta como un complemento a las normativas autonómicas ya existentes, buscando establecer una base común a nivel nacional que garantice los mismos derechos a todos los usuarios de perros de asistencia, sin importar su lugar de residencia.