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Ilustración de un feto

La Asamblea por la Vida advierte de un «fraude constitucional» en la reforma del aborto impulsada por el Gobierno

La entidad, que agrupa a más de un centenar de asociaciones en defensa de la vida, ha subrayado en un comunicado la trascendencia jurídica e institucional de la medida

El próximo jueves 26, el Consejo de Estado analizará el dictamen solicitado por el Gobierno en relación con el anteproyecto de ley que persigue incorporar el aborto como derecho en el artículo 43 de la Constitución, amparándolo bajo el derecho a la protección de la salud. Se trata de una iniciativa que plantea modificar la Carta Magna con el objetivo de reconocer expresamente esta práctica, propia de la cultura de la muerte, en el ámbito constitucional.

La propuesta, según sus detractores, implica una reinterpretación forzada del texto constitucional para dar cabida a un supuesto derecho al aborto que, sostienen, no figura como tal en la mayoría de ordenamientos jurídicos del mundo. Recuerdan, además, que la doctrina mayoritaria del Tribunal Constitucional ha establecido que el Estado tiene un deber positivo de protección del nasciturus, al que reconoce como bien jurídico protegido.

En este contexto, la Asamblea por la Vida –entidad que agrupa a más de un centenar de asociaciones en defensa de la vida, representadas por la ACdP y NEOS, entre otras– ha subrayado la trascendencia jurídica e institucional de la medida. La controversia se centra en el encaje constitucional elegido para llevar a cabo la reforma. Frente al artículo 15 de la Constitución, que consagra el derecho a la vida de «todos», el Ejecutivo optaría por introducir la modificación en el artículo 43, relativo a la protección de la salud y de carácter prestacional. Con ello, se evitaría el procedimiento agravado previsto en el artículo 168 de la Constitución Española, que exige la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones, recurriendo en su lugar al procedimiento ordinario regulado en el artículo 167.

Quienes critican esta vía consideran que supone alterar de manera indirecta el significado estructural del derecho a la vida, eludiendo las garantías reforzadas previstas por el constituyente para reformas de especial calado. A su juicio, este planteamiento podría interpretarse como un fraude de ley constitucional, al desplazar el eje del debate desde el núcleo esencial del derecho a la vida hacia un precepto de naturaleza distinta.

La Asamblea por la Vida ha apelado a la responsabilidad de los miembros del Consejo de Estado ante la deliberación prevista. Desde esta entidad se sostiene que el aborto implica «la eliminación violenta de seres humanos indefensos» y que no puede configurarse, mediante interpretaciones que califican de artificiosas, un pretendido derecho, ni siquiera de carácter prestacional, a poner fin a una vida humana en fase de gestación, etapa que consideran parte necesaria del desarrollo vital de la persona, conforme a la doctrina recogida en la STC 1985.

Asimismo, los promotores de esta posición entienden que la iniciativa responde a intereses partidistas y electorales y que el Gobierno estaría utilizando un asunto de elevada sensibilidad social para desviar la atención de otros problemas políticos. En su opinión, no se trataría únicamente de una maniobra coyuntural, sino de un paso decisivo hacia la constitucionalización del aborto en España.

Desde esta perspectiva crítica, se advierte de que el Consejo de Estado no debe convertirse en un instrumento para legitimar estrategias orientadas a sortear las garantías reforzadas previstas en la propia Constitución. Por el contrario, recuerdan que su función consiste en velar por la correcta interpretación del texto constitucional y por el respeto a su estructura.

El debate, por tanto, trasciende la cuestión concreta del aborto y se sitúa en el plano de la defensa del Estado de Derecho y del equilibrio institucional. Para los opositores a la reforma, España necesita instituciones que refuercen las garantías constitucionales y no que respalden interpretaciones que consideren atajos al servicio de objetivos políticos coyunturales.

En última instancia, sostienen que la defensa de la Constitución requiere fidelidad tanto a su letra como a su espíritu, así como a los mecanismos que el propio constituyente estableció para proteger sus pilares esenciales. A su entender, la Constitución española ampara el derecho a la vida y no contempla, sin una alteración profunda de su estructura, el reconocimiento de un derecho a suprimirla. El resultado de la deliberación del Consejo de Estado marcará el rumbo inmediato de esta controvertida iniciativa.