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Cámara de seguridadACN / Gemma Sànchez

Sanciones

Las multas a las que puedes enfrentarte si instalas una cámara fuera de tu casa

Aunque en el interior de tu vivienda puedes filmar sin problema, debes tener en cuenta ciertas cosas si quieres instalar cámaras de seguridad

El avance de las nuevas tecnologías ha transformado por completo la manera en que protegemos nuestras viviendas, ofreciéndonos un sinfín de herramientas para reforzar la seguridad y ganar tranquilidad. Hoy en día, es posible controlar alarmas y cerraduras inteligentes desde el móvil, recibir alertas en tiempo real ante cualquier incidencia e incluso simular presencia en casa cuando estamos fuera, todo gracias a sistemas conectados y de fácil uso.

Por eso, son cada vez más las personas que instalan cámaras en el interior de sus hogares para vigilar cualquier movimiento extraño que pueda producirse o, simplemente, para ver lo que hace su mascota cuando ellas están fuera. ¿Y puedo también instalar estos dispositivos en el exterior de mi hogar, para ver si alguien se acerca o intenta acceder a casa?

Protección de datos

En nuestro país, la Agencia Española de Protección de Datos es el organismo encargado de regular el uso de dispositivos que captan imágenes. En sus distintas resoluciones ha dejado claro que la instalación de esos sistemas puede conllevar multas cuando se vulneran los derechos de terceras personas. Así, si las imágenes graban zonas comunes, accesos compartidos o la vía pública, e podría estar cometiendo una infracción, ya que los vídeos o fotografías obtenidas podrían afectar a la intimidad de otras personas.

Si una cámara de seguridad doméstica capta imágenes de espacios públicos o compartidos, como parte de la calle, el portal del edificio o el rellano de la escalera, su propietario debe cumplir con varias obligaciones legales. En primer lugar, es obligatorio colocar un cartel visible que informe de la existencia del sistema de videovigilancia y que identifique claramente a la persona responsable del tratamiento de las imágenes. Además, solo esa persona podrá acceder a las grabaciones, con el fin de proteger la privacidad de terceros.

Asimismo, si el sistema permite el acceso remoto a través de internet, este debe contar con contraseñas seguras o credenciales robustas que impidan el acceso no autorizado. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece que las grabaciones solo pueden conservarse durante un máximo de un mes, salvo en los casos en que se utilicen como prueba en una denuncia o para acreditar una infracción concreta.

Multas y sanciones

Las sanciones pueden oscilar, dependiendo de la gravedad y del uso que se haga de las imágenes entre los 300 y los 3.000 euros. En general, la AEPD aplica sanciones más severas cuando se demuestra que las cámaras se han instalado con el propósito de grabar espacios públicos o de espiar a otras personas.

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