
Raúl Asencio, en un partido en el Bernabéu
La pena de prisión y la multa a la que se podría enfrentar Raúl Asencio si el caso acaba en juicio
El futbolista canario emitió un comunicado sobre el asunto defendiendo la presunción de inocencia, pero de momento sigue imputado
El juez aclara su auto y retira a Asencio el cargo de grabar los vídeos sexuales
El caso que involucra a tres exjugadores de la cantera del Real Madrid y al futbolista Raúl Asencio gira sobre todo en torno al presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos, tipificado en el artículo 197 del Código Penal. El juez ha dictado el auto de procesamiento contra los cuatro implicados, lo que abre ahora un plazo de diez días para que tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares presenten sus escritos de acusación.
Aunque todo apunta a que el caso llegará a juicio, el lugar donde se celebre dependerá de la gravedad de las penas solicitadas: si no superan los cinco años, será juzgado en un juzgado penal de Canarias; si las penas propuestas los sobrepasan, corresponderá a la Audiencia Provincial. No obstante, en los próximos días podría intentarse un pacto entre las partes para evitar el juicio, con los acusados asumiendo parte de responsabilidad a cambio de una pena menor.
Raúl Asencio, a diferencia de los otros tres, no aparece ni en las grabaciones ni en los intercambios de mensajes que siguieron a los hechos, ocurridos el 15 de junio de 2023 en un club de playa de Amadores, en el sur de Gran Canaria. Si acabara condenado, se enfrentaría a penas más leves, ya que no participó directamente en la creación ni la difusión inicial del vídeo.
Según recoge el auto judicial, la implicación de Asencio reside en que, una semana después de los hechos, solicitó ver el vídeo a Juan Rodríguez, uno de los autores materiales, «con conocimiento de que se había obtenido sin consentimiento de las presuntas víctimas y mantenido en contra de su voluntad». Su intención, según el juez, fue mostrárselo a un amigo que se encontraba con él. Este testigo acabaría confirmando haber visto las imágenes y que, posteriormente, alertó a una de las afectadas.
Fue entonces cuando la menor acudió con su madre a presentar la denuncia. Tras esto, la Guardia Civil se personó en Valdebebas para tomar declaración a los implicados. En uno de los audios de WhatsApp incorporados a la causa, Asencio afirma: «Oye, hermano, yo a ti te lo enseñé porque me lo pasó Juan». Todos los teléfonos móviles fueron intervenidos por los agentes para su análisis.
La imputación de Asencio
La calificación jurídica propuesta en el auto se basa en los artículos 197.1 y 197.3 del Código Penal, que regulan la revelación de secretos y la violación de la intimidad. Se sostiene que, aunque las relaciones fueran consentidas, la grabación y posterior difusión de las imágenes se hicieron sin autorización de las víctimas. El artículo 197.1 prevé penas de entre uno y cuatro años de cárcel, junto con multas de entre doce y veinticuatro meses. En una corrección posterior, el juez ha dejado fuera a Asencio de este apartado, al concluir que no participó en la obtención de las imágenes.
Por su parte, el artículo 197.3 contempla penas de entre dos y cinco años si se revela, transmite o comparte material obtenido de forma ilícita. También impone castigos de entre uno y tres años y multa a quien, sin haber participado en la captación de imágenes, difunde el contenido siendo consciente de su origen ilícito, escenario que podría aplicarse a Asencio.
Aunque no se ha probado que Asencio compartiera el vídeo con otras personas, y este se habría eliminado automáticamente tras su visualización, la ley penal considera delito tanto la difusión como la mera revelación de material privado. El artículo 197.7 atenúa las penas cuando las imágenes se obtienen con consentimiento pero se difunden sin autorización. En ese caso, la ley establece penas que van desde tres meses hasta un año de prisión, o multas de seis a doce meses, si dicha difusión daña gravemente la intimidad de la persona afectada.
El auto recoge además el artículo 197.7, que prevé sanciones para quien recibe grabaciones privadas y luego las revela. En este punto, se especifica que se impondrá una multa de uno a tres meses a quien, sin tener el permiso de la persona afectada, difunda el contenido recibido. Las supuestas víctimas han declarado que en ningún momento autorizaron la grabación del vídeo.
En el caso de que Raúl Asencio fuese condenado, su continuidad en el Real Madrid podría peligrar. Esto se ajustaría a las cláusulas de rescisión establecidas en los contratos de los jugadores, aunque todo dependería de la decisión que tome el club blanco. Sea como sea el canario no tiene restricciones legales para participar en el Mundial de Clubes que se celebrará en Estados Unidos, ya que la normativa migratoria de ese país solo impide el ingreso en situaciones donde exista una condena firme y dependiendo de la gravedad del delito en cuestión.